Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2016 (21/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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RESOLUCIÓN SBS N° 5403-2016 Lima, 11 de octubre de 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA:

NORMAS LEGALES

Viernes 21 de octubre de 2016 /

El Peruano

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Amplían plazo para el proceso de Reestructuración del Proyecto Especial Majes Sihuas
ORDENANZA REGIONAL Nº 352-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: El Proyecto Especial Majes Siguas es un órgano desconcentrado del Gobierno Regional de Arequipa cuya actual estructura orgánica ha sido aprobada por Ordenanza Regional N° 270-AREQUIPA, del 18 de marzo de 2014. Con Ordenanza N° 330-AREQUIPA, del 26 de enero de 2016, el Consejo Regional aprobó dar inicio al proceso Reestructuración del Órgano Desconcentrado del Gobierno Regional de Arequipa Proyecto Especial Majes Siguas ­ AUTODEMA con el fin de que, desde los niveles estructural, organizacional, funcional y presupuestal, dicha dependencia se adapte al nuevo esquema constructivo de operación y mantenimiento del Proyecto, otorgándose un plazo de 270 días calendario a partir de la fecha de promulgación de la referida Ordenanza para que se concluya con dicho proceso. El plazo de 270 días calendario para que se lleve a cabo el proceso de reestructuración organizacional del Proyecto Especial Majes Siguas ­ AUTODEMA fue establecido teniéndose como referencia lo dispuesto en .la Cláusula Octava, numeral 6, literal ii) del Contrato de Préstamo suscrito en el año 2011 con la Corporación Andina de Fomento; Estando próximo el cumplimiento de ese plazo, el Proyecto Especial Majes Siguas ­ AUTODEMA solicita su ampliación por 290 días calendario durante el cual se deberán culminar todas las etapas del proceso de tránsito a la Ley del Servicio Civil; En el Informe N° 648-2016-GRA/PEMS-OPP, emitido por el jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Proyecto Especial, se exponen las fases del proceso que se han venido cumpliendo, estándose actualmente en la etapa de Análisis e Identificación de Mejoras y Análisis de Dotación de Recursos Humanos, lo que ha sido encargado a la Universidad ESAN mediante contrato N° 004-2016-GE del 17 de junio de 2016; en el mismo informe se señala que la ampliación de plazo solicitada es necesaria para llevar a cabo las etapas de Elaboración de Manual de Perfiles (MPP) y del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), describiéndose cada una de las etapas que ese trabajo requiere y los plazos parciales correspondientes, incluyéndose la evaluación del MEF, el pronunciamiento del Consejo Directivo de SERVIR y la aprobación mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva de ese organismo De acuerdo con el artículo 15, literal a) de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional y según el artículo 38 de la citada Ley, dictan ordenanzas regionales que norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE AMPLIA PLAZO PARA EL PROCESO DE REESTRUCTURACION DEL PROYECTO ESPECIAL MAJES SIGUAS Articulo 1°.- Ampliar en 290 (doscientos noventa) días calendario el plazo otorgado mediante el artículo 2° de la Ordenanza N° 330-AREQUIPA para culminar con

La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) oficina especial temporal, ubicada según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de la oficina especial temporal "Kermesse Colegio Inmaculada", ubicada en Calle Hermanos Santos García 108, Urb. Valle Hermoso, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, durante el día 5 de noviembre de 2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1443599-3 RESOLUCIÓN SBS N° 5404-2016 Lima, 11 de octubre de 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) oficina especial permanente, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 2402013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de la oficina especial permanente "Punto BCP Santa Clara" ubicada en Av. Nicolás Ayllón N° 8694, Local LC-111, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1443599-2

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