Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2016 (26/10/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

602612
VISTOS:

NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de octubre de 2016 /

El Peruano

La Nota Nº 175-2016-OGD-GG-OSITRAN de la Oficina de Gestión Documentaria; la Nota Nº 196-16-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; la Nota Nº 079-16-GG-OSITRAN de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 8 del mencionado cuerpo normativo prescribe que las entidades identificarán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar la información solicitada; Que, los literales b) y c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establecen que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público, así como al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, el artículo 4 del citado Reglamento señala que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; y adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, por otro lado, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM establece la obligatoriedad de las entidades del Sector Público de contar con un Libro de Reclamaciones, a través del cual los usuarios pueden formular sus reclamos, debiendo consignar además información relativa a su identidad y aquella otra información necesaria a efectos de dar respuesta al reclamo formulado; Que, conforme al artículo 5 del Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, mediante resolución del titular de la entidad se designará al responsable del Libro de Reclamaciones de la entidad; Que, bajo el marco normativo antes referido, a través de la Resolución de Presidencia Nº 050-2015-PDOSITRAN de fecha 25 de junio de 2015, se designó al señor Juan Roberto Bustamante Mejía, quien en ese entonces ejercía el cargo de Responsable de la Oficina de Gestión Documentaria, como Responsable Titular de Brindar Información de Acceso Público; Responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del OSITRAN; y, Responsable Titular del Libro de Reclamaciones del OSITRAN; Que, con Resolución de Gerencia General Nº 113-2016-GG-OSITRAN, publicada el 7 de setiembre de 2016 en el Diario Oficial El Peruano, se designó, entre otros, al señor Juan Roberto Bustamante Mejía en el cargo de Jefe de Tecnologías de la Información; asimismo, mediante Memorando Nº 341-2016-GGOSITRAN de fecha 7 de setiembre de 2016, la Gerencia General encargó al señor Bustamante Mejía las funciones de Coordinador de la Oficina de Gestión Documentaria de la Gerencia General, en adición a sus funciones; Que, en ese sentido, dado el nuevo cargo que ostenta el señor Bustamante Mejía se considera pertinente ratificarlo en las designaciones efectuadas mediante la Resolución de Presidencia Nº 050-2015-PD-OSITRAN; Que, mediante Nota Nº 196-16-GAJ-OSITRAN, la Gerencia de Asesoría Jurídica señaló que resulta

jurídicamente viable la mencionada ratificación al señor Bustamante Mejía; Que, a través de la Nota Nº 079-16-GG-OSITRAN del 14 de octubre de 2016, la Gerencia General expresó que el proyecto de Resolución cuenta con su conformidad y lo remitió visado para la suscripción de la Presidencia del Consejo Directivo, adjuntando la correspondiente documentación de sustento; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2015-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ratificar la designación efectuada al señor Juan Roberto Bustamante Mejía a través del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Nº 050-2016-PD-OSITRAN, como Responsable Titular de Brindar Información de Acceso Público, así como de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del OSITRAN, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento. Artículo 2.- Ratificar la designación efectuada al señor Juan Roberto Bustamante Mejía a través del artículo 2 de la Resolución de Presidencia Nº 050-2016-PD-OSITRAN, como responsable titular del Libro de Reclamaciones del OSITRAN, de conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 042-2011PCM. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución al funcionario referido en los artículos precedentes, así como al Órgano de Control Institucional. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal Institucional del OSITRAN (www.ositran.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BENAVENTE DONAYRE Presidente del Consejo Directivo 1445804-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Autorizan viaje de servidor del CONCYTEC a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 163-2016-CONCYTEC-P Lima, 25 de octubre de 2016 VISTOS: El Informe N° 002-2016-CONCYTEC-P/ OC, del Especialista en Seguimiento y Evaluación II en la Dirección de Políticas y Programas de CTel, el Informe N° 147-2016-CONCYTEC-OGAOF, de la Oficina de Finanzas, el Informe N° 459-2016-CONCYTEC-OGA-OL, de la Oficina de Logística, el Informe N° 882-2016-CONCYTEC/OGAOP, de la Oficina de Personal, y los Proveídos N°s 927, 934 y 935-2016-CONCYTEC-OGA, de la Oficina General de Administración, y;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.