Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2016 (29/10/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Sábado 29 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

603053

Jurídica Opina que es viable la Contratación Directa del Procedimiento de Selección para la Contratación del Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, por la causal de situación de desabastecimiento por la cantidad de 9,300 toneladas, por el plazo de 90 días calendarios, cuyo monto referencial es de S/. 134,850.00 (Ciento Treinta y Cuatro Mil Ochocientos Cincuenta con 00/100 Soles), por lo que se recomienda que el presente se someta al Pleno del Concejo Municipal para su deliberación y aprobación correspondiente. Asimismo, se deberá disponer la remisión de copia de los actuados a la Secretaría Técnica a efectos de determinar las responsabilidades que se dieran lugar con respecto a la declaración de situación de desabastecimiento, conforme lo establece el Artículo 85º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF. Que, del análisis del presente, se debe señalar que el procedimiento de selección para la contratación del servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos del Distrito Pachacámac, fue convocado a través del proceso de selección Concurso Público Nº 002-2016-MDP/CS, con anterioridad a la fecha de vencimiento del contrato original; no obstante, el propio desarrollo de las etapas de dicho proceso, las cuales han sido ejecutadas con arreglo a la normativa vigente en la materia, el proceso de selección fue declarado desierto por no haberse recibido ofertas, lo que ha generado se configure la situación de desabastecimiento del servicio, teniendo en cuenta que se corre el riesgo de poner en peligro la salud de los vecinos y la contaminación del medio ambiente. Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas en el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades", contando con MAYORIA de voto de los Señores Regidores, se: ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Contratación Directa de Residuos Sólidos de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, por la causal de situación de desabastecimiento por la cantidad de 9,300 toneladas, por el plazo de ejecución de 90 días calendarios, cuyo monto referencial es de S/. 134, 850.00 (Ciento Treinta y Cuatro Mil Ochocientos Cincuenta con 00/100 Soles). Artículo Segundo.- REMITIR copia de los actuados a la Secretaría Técnica a efectos de determinar las responsabilidades que se dieran lugar con respecto a la declaración de situación de desabastecimiento, conforme lo establece el artículo 85º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Logística la Publicación del presente Acuerdo, así como el informe técnico y legal que lo sustentan en el sistema electrónico de contrataciones del estado (SEACE) dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponer la Publicación del Presente Acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- DISPENSAR del trámite de la aprobación del acta para proceder a la ejecución inmediata del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1447495-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO: El Informe Nº 114-2016-MDP/GR de fecha 25 de Octubre del 2016, emitido por la Gerencia de Rentas, sobre PRORROGA de la Vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 164-2016-MDP/C de fecha 21 de Julio del 2016, que aprueba el "Beneficio de Amnistía Tributaria y No Tributaria en el Distrito de Pachacámac", y; CONSIDERANDO; Que, de conformidad a lo dispuesto el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 164-2016-MDP/C de fecha 21 de Julio del 2016, publicada en el Diario Oficial el Peruano el 27 de Julio del 2016, se aprobó la "Ordenanza que aprueba la Amnistía Tributaria en el Distrito de Pachacàmac", dentro del cual, se establece como vigencia de la referida Ordenanza hasta el 31 de Agosto del 2016. Que, en la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza en mención, se faculta al Alcalde para que a través del Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para lograr su adecuada aplicación, así como disponer la prórroga de la misma. Que, mediante Informe Nº 114-2016-MDP/GR de fecha 25 de Octubre del 2016, la Gerencia de Rentas sugiere se prorrogue el vencimiento de la Ordenanza Municipal Nº 164-2016-MDP/C, hasta el 30 de Noviembre del 2016, para lo cual se requiere emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto en la segunda Disposición Final y Transitoria de la referida Ordenanza. Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades (...), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, promulgado el 22 de Junio del 2013, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, se; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 164-2016-MDP/C de fecha 21 de Julio del 2016, hasta el 30 de Noviembre del 2016. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas el fiel cumplimiento del presente Decreto. Asimismo a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Sub Gerencia de Estadística e Informática la publicación y difusión del presente decreto, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac (www.munipachacamac.gob.pe), y otros medios de comunicación, respectivamente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1447495-2

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 164-2016-MDP/C mediante la cual se aprobó amnistía tributaria y no tributaria en el distrito de Pachacámac
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 25-2016-MDP/A Pachacámac, 25 de octubre del 2016

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.