Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2016 (29/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

603040
- Gerente de Fiscalización PATRICIA ESTELA ZAPATA SOTELO

NORMAS LEGALES

Sábado 29 de octubre de 2016 /

El Peruano

- Gerente de Operaciones Especiales Contra la Informalidad JUAN REYSER BENITES MORALES - Gerente de Cobranza PERCY MANUEL DIAZ SANCHEZ - Gerente de Servicios al Contribuyente CARLOS RAFAEL CHIRINOS GOMEZ - Gerente de Soporte Administrativo MARIA DEL ROSARIO FRANCISCA CARRANZA UGARTE (e), con retención de su cargo como Gerente Administrativo de la Intendencia Nacional de Administración Intendencia Regional Ayacucho - Intendente Regional Ayacucho LILIANNA DEL ROCIO MATALLANA MEDINA (e), con retención de su cargo como Jefe (e) de la División de Servicios al Contribuyente y Reclamaciones de la citada Intendencia SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS Intendencia Nacional de Recursos Humanos - Gerente de Gestión del Empleo MARIA CECILIA DANIELA VELASQUEZ ESPINOZA (e), con retención de su cargo como Jefe (e) de la División de Gestión del Control Disciplinario de la citada Gerencia - Gerente de Asuntos Laborales EDGAR RONEY CUADROS OCHOA (e), con retención de su cargo como Jefe (e) de la División de Relaciones Laborales de la citada Gerencia Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintende Nacional 1447901-1

B) del Anexo 9 del procedimiento específico "Control de mercancías restringidas y prohibidas" INTA-PE.00.06 (versión 3), conforme a los Decretos Supremos Nos. 011-2016-MINAM, 348-2015-EF y 033-2000-ITINCI, respectivamente. En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 89° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias, y la Resolución de Superintendencia N° 172-2015/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo 1. Modificación del artículo 3 de la Resolución de Intendencia Nacional N° 24-2016-SUNAT/5F0000 Modifícase el artículo 3 de la Resolución de Intendencia Nacional N° 24-2016-SUNAT/5F0000 que aprobó el procedimiento específico "Control de mercancías restringidas y prohibidas" INTA-PE.00.06 (versión 3), conforme al texto siguiente: "Artículo 3.- Vigencia La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, con excepción de lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del literal A de la sección VII: DESCRIPCIÓN y el párrafo único del literal B del Anexo 11, los cuales entrarán en vigencia a partir del 21 de diciembre de 2016." Artículo 2. Modificación de la sección XI del procedimiento específico "Control de mercancías restringidas y prohibidas" INTA-PE.00.06 (versión 3) Modifícase la sección XI del procedimiento específico "Control de mercancías restringidas y prohibidas" INTAPE.00.06 (versión 3), aprobado por la Resolución de Intendencia Nacional N° 24-2016-SUNAT/5F0000, conforme al texto siguiente: "XI. VIGENCIA El presente procedimiento entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, con excepción de lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del literal A de la sección VII. DESCRIPCIÓN y el párrafo único del literal B del Anexo 11, los cuales entrarán en vigencia a partir del 21 de diciembre del 2016." Artículo 3. Modificación de la base legal del Anexo 4 y del literal A1) del Anexo 13 del procedimiento específico "Control de mercancías restringidas y prohibidas" INTA-PE.00.06 (versión 3) Modifícase los rubros base legal del Anexo 4 y del literal A1) del Anexo 13 del procedimiento específico "Control de mercancías restringidas y prohibidas" INTA-PE.00.06 (versión 3), aprobado por Resolución de Intendencia Nacional N° 24-2016-SUNAT/5F0000, conforme a los siguientes textos: "ANEXO 4 MINISTERIO DEL AMBIENTE (MINAM) MINAM Organismos vivos modificados - OVM: (...) Base legal: - Ley N° 29811, Ley que establece la Moratoria al Ingreso y Producción de Organismos Vivos Modificados al Territorio Nacional por un período de diez años. - Decreto Supremo Nº 008-2012-MINAM, Reglamento de la Ley N° 29811. - Decreto Supremo Nº 011-2016-MINAM, que aprueba el listado de mercancías restringidas sujetas al control en el marco de la Ley N° 29811."

Modifican Procedimiento Específico "Control de mercancías restringidas y prohibidas" INTA-PE.00.06 (versión 3)
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 40-2016-SUNAT/5F0000 Callao, 27 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que con Resolución de Intendencia Nacional N° 24-2016-SUNAT/5F0000 se aprobó el procedimiento específico "Control de mercancías restringidas y prohibidas" INTA-PE.00.06 (versión 3), el cual entró en vigencia el 24.7.2016, con excepción de lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del literal A) de su sección VII y en el párrafo único del literal B) de su Anexo 11, los cuales entrarán en vigencia a partir del 31.10.2016; Que con el Oficio N° 236-2016-MINCETUR/VNCE de fecha 30.9.2016, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ha comunicado a la SUNAT que la entrega de información para la puesta en producción completa del componente informático del Proyecto Interoperabilidad SUNAT-VUCE culminará el 20.12.2016; por lo que resulta necesario postergar la entrada en vigencia de los numerales 1 y 3 del literal A) de la sección VII y el párrafo único del literal B) del Anexo 11 antes mencionados; Que, de otro lado, se actualiza la base legal de los Anexos 4 y 13, y se incorpora el numeral 5 en el literal

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