Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2016 (29/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Sábado 29 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

603047

Que, mediante Resolución SBS Nº 38-2003, del 20 de enero del 2003 y sus modificatorias, se nombró la Comisión de Alto Nivel, encargada del seguimiento de los procesos que convoque esta Superintendencia para seleccionar a las personas jurídicas que se encargarán de la liquidación de las empresas bajo su ámbito de supervisión; Que, en sesión de fecha 09 de agosto de 2016, la Comisión de Alto Nivel inició las actividades dirigidas a concretar los procesos de selección de las personas jurídicas que se encargarían de continuar los procesos liquidatorios del Banco República en Liquidación, de la Derrama de Retirados del Sector Educación (DERESE) en Liquidación y del Banco Nuevo Mundo en Liquidación, designando en dicho acto a los miembros de los Comités Especiales que tendrían la responsabilidad de elaborar las Bases de los concursos públicos de selección de las personas jurídicas a las que se les encargará la administración de los procesos liquidatorios de las citadas empresas; asimismo, se acordó invitar a un funcionario de la Gerencia de Control Institucional para que actúe como veedor de los procesos de selección que se convoquen; Que, en sesión de fecha 05 de octubre de 2016, la Comisión de Alto Nivel ha pre aprobado el contenido de las Bases y anexos de los concursos públicos para la selección de las empresas que continuarán con la liquidación del Banco República en Liquidación, de la Derrama de Retirados del Sector Educación (DERESE) en Liquidación y del Banco Nuevo Mundo en Liquidación, habiendo sido elevadas a la Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para su consideración; Que, se ha tenido a la vista la documentación a que se hace referencia en el considerando precedente, conteniendo las pautas y lineamientos a los que estarán sujetos los concursos públicos, con la finalidad de llevar a cabo la convocatoria, evaluación de las propuestas y selección de las personas jurídicas ganadoras, con transparencia y conforme a ley; Que, asimismo es necesario encargar a los Comités Especiales la conducción (convocatoria, evaluación de las propuestas y participantes, así como la selección de la persona jurídica ganadora) de los concursos públicos para la selección de las personas jurídicas antes mencionadas; Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, Seguros, Administración General y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las Bases y sus anexos, de los Concursos Públicos N° 001-2016, 002-2016 y 003-2016 para la selección de las personas jurídicas a las que se les encargará la continuación de los procesos liquidatorios del Banco República en Liquidación, de la Derrama de Retirados del Sector Educación (DERESE) en Liquidación y del Banco Nuevo Mundo en Liquidación, respectivamente, las mismas que forman parte integrante de la presente Resolución y que se publican en el Portal Institucional (www.sbs.gob.pe). Artículo Segundo.- Encargar a los Comités Especiales, cuyos miembros han sido designados por la Comisión de Alto Nivel, en sesión de fecha 09 de agosto de 2016, la conducción (convocatoria, evaluación de las propuestas y participantes, así como la selección de la persona jurídica ganadora) de los concursos públicos para la selección de las personas jurídicas a las que se les encargará la continuación de los procesos liquidatorios del Banco República en Liquidación, de la Derrama de Retirados del Sector Educación (DERESE) en Liquidación y del Banco Nuevo Mundo en Liquidación. Los Comités Especiales serán autónomos en sus decisiones y sus acuerdos se adoptarán por mayoría simple. La Comisión de Alto Nivel designará a los miembros suplentes de los Comités Especiales, en la eventualidad

que los miembros titulares no puedan participar por razones de fuerza mayor. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1447031-1

Facultan a personas naturales para otorgar derechos de servidumbre sobre bienes de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren S.A. en Liquidación
RESOLUCIÓN SBS Nº 5671-2016 Lima, 26 de octubre de 2016 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 3471-2015 de fecha 18.06.2015, esta Superintendencia dispuso el sometimiento a régimen de intervención de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren S.A. (en adelante, la Caja), por encontrarse incursa en la causal prevista en el numeral 4 del artículo 104° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus normas modificatorias (en adelante la Ley General); Que, mediante Resolución SBS Nº 3503-2015 de fecha 19.06.2015, esta Superintendencia declaró la disolución e inicio del correspondiente proceso liquidatorio de la Caja, designándose a los señores José Carlos Torres Chávez y César Portalanza Chinguel como representantes de la Superintendenta para que realicen todos los actos necesarios para llevar adelante el referido proceso de liquidación; Que, los representantes que la Superintendenta designa para actuar en una empresa en liquidación tienen como principal encargo el administrar temporalmente el proceso liquidatorio hasta que se elija, vía concurso público, a la persona jurídica que se encargará de dicho proceso, en línea con lo dispuesto en el artículo 115° de la Ley General; Que, dicha administración temporal asumida por los representantes supone, por regla general, asumir la gestión de la entidad en liquidación a fin de ordenar su situación administrativa, económica y legal; de modo tal que los liquidadores, una vez designados, se encuentren en una mejor posición para llevar a cabo la liquidación de forma ordenada y rápida; Que, en concordancia con ello, el numeral 16 del artículo 21° del Reglamento de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 455-99 y sus modificatorias (en adelante, el Reglamento) establece que dichos representantes deberán realizar "los demás actos administrativos y laborales que requieran resolverse en forma inmediata"; Que, mediante el Informe N° 007-2016-CRACSL-L de fecha 28.09.2016, los referidos representantes expusieron los motivos para que se les otorgue la facultad para otorgar derechos de servidumbre sobre un terreno de propiedad de la Caja, considerando que el mismo se encuentra ubicado dentro del recorrido de un proyecto de electroducto del Gobierno Central y que la servidumbre, en estos casos, es de carácter forzoso al estar relacionada a la construcción de redes para el servicio público de electricidad; Con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General.

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