Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2016 (29/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Sábado 29 de octubre de 2016 /

El Peruano

y Presupuesto; y, el Informe N° 535-2016-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 6° de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, establece que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA se encarga de la fiscalización, supervisión, evaluación, control y sanción en materia ambiental, así como de la aplicación de los incentivos; y, se constituye en el ente rector del Sistema de Evaluación y Fiscalización Ambiental; Que, el Artículo 9° de la precitada Ley dispone que el OEFA tiene domicilio legal y sede principal en la ciudad de Lima, pudiendo establecer oficinas desconcentradas en cualquier lugar del territorio nacional; Que, los Artículos 1° y 4° de la Resolución de Consejo Directivo N° 030-2015-OEFA/CD, modificada por Resolución de Consejo Directivo N° 020-2016-OEFA/CD (en adelante, la RCD N° 030-2015), establecen que dichas oficinas se implementan con el objeto de coadyuvar con el desarrollo del macroproceso de fiscalización ambiental (evaluación, supervisión directa, supervisión a Entidades de Fiscalización Ambiental, fiscalización y régimen de incentivos) ejercido por una Oficina Desconcentrada del OEFA, quien deberá supervisar el adecuado funcionamiento de las Oficinas de Enlace a su cargo; Que, el Artículo 2° de la RCD N° 030-2015 establece que el funcionamiento de la Oficina de Enlace podrá ser permanente, no permanente o itinerante, debiendo el Consejo Directivo al momento de aprobar su implementación, previo informe técnico de la Coordinación General de Oficinas Desconcentradas, definir el tipo de Oficina de Enlace que corresponda, atendiendo a los siguientes criterios: la densidad de la población, el número de administrados, la conflictividad socioambiental o la dificultad de acceso del lugar donde se localizará la Oficina de Enlace; Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 044-2013-OEFA/CD del 8 de noviembre de 2013, se aprobó la creación de la Oficina Desconcentrada del OEFA en el departamento de Apurímac; Que, mediante Informe N° 415-2016-OEFA/DS, la Dirección de Evaluación, la Dirección de Supervisión y la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos han sustentado la necesidad de implementar una Oficina de Enlace en la provincia de Cotabambas, a fin de: (i) afianzar la presencia institucional; (ii) fortalecer el cumplimiento de las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental del OEFA; y, (iii) prevenir la conflictividad y el escalamiento de la problemática socioambiental que se desarrolla en la zona del "Corredor Minero del Sur"; Que, asimismo, en el referido Informe, la Coordinación General de Oficinas Desconcentradas ha sustentado que la Oficina de Enlace que se ubicará en la provincia de Cotabambas del departamento de Apurímac deberá tener carácter permanente; Que, en ese sentido, habiéndose verificado que la propuesta antes señalada, se encuentra enmarcada en los criterios y procedimiento establecidos en la RCD N° 030-2015, corresponde aprobar la implementación de la Oficina de Enlace de la Oficina Desconcentrada del OEFA del departamento de Apurímac, en la provincia de Cotabambas; Que, mediante Acuerdo Nº 029-2016, adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 003-2016 del Consejo Directivo realizada el 27 de octubre de 2016, se acordó por unanimidad aprobar la implementación de la Oficina de Enlace de la Oficina Desconcentrada del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA del departamento de Apurímac, en la provincia de Cotabambas, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Supervisión, de la Dirección de Evaluación, de la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación

de Incentivos y de la Coordinación General de Oficinas Desconcentradas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de Consejo Directivo N° 030-2015-OEFA/CD, modificada por Resolución de Consejo Directivo N° 020-2016-OEFA/CD; y, en ejercicio de la atribución conferida en el Literal n) del Artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Implementación Aprobar la implementación de la Oficina de Enlace de la Oficina Desconcentrada del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA del departamento de Apurímac, en la provincia de Cotabambas. Artículo 2°.- Funcionamiento Disponer que la Oficina de Enlace implementada en el Artículo 1° de la presente Resolución, es de atención permanente, en virtud de los criterios establecidos en la Resolución de Consejo Directivo N° 030-2015-OEFA/CD, modificada por Resolución de Consejo Directivo N° 0202016-OEFA/CD. Artículo 3°.- Instalación Encargar a la Secretaría General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA disponer las acciones que resulten necesarias para la instalación de la Oficina de Enlace a que se hace referencia en el Artículo 1° de la presente Resolución, en un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles contados a partir de su publicación. Artículo 4°.- Supervisión La Oficina Desconcentrada del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA del departamento de Apurímac supervisa el adecuado funcionamiento de la Oficina de Enlace de la provincia de Cotabambas. Artículo 5°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1447861-1

Disponen la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que modificaría el nuevo Reglamento de Supervisión Directa del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 016-2015-OEFA/CD
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 023-2016-OEFA/CD Lima, 27 de octubre de 2016 VISTOS: El Informe N° 455-2016-OEFA/DS, elaborado por la Dirección de Supervisión, la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos, y la Coordinación General de Proyectos Normativos e Investigación Jurídica; así como el Informe N° 537-2016OEFA/OAJ, elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013,

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