Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2016 (02/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Viernes 2 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Municipal N° 003-2014, referida al Programa de Incentivos Tributarios "Cumple Más y Paga Menos 2014". POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1423179-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Aprueban el Reglamento que regula el Reconocimiento y Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2016-AL/CPB EL ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO, En Sesión Ordinaria de fecha 22 de julio del 2016, referente al proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el reglamento que regula el Reconocimiento y Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Provincial de Barranca; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo el artículo 73º, numeral 5.3, dice: "Organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción". Que, el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) vigente aprobado con Ordenanza Municipal Nº 028-2015-AL/CPB, en su artículo 89º, numeral 6 relacionada a las funciones de la Gerencia de Desarrollo Humano, dispone: "Dirigir y coordinar la participación de las organizaciones sociales y vecinales, promoviendo su inscripción y su reconocimiento ente el Registro Único de Organizaciones Sociales de la Municipalidad Provincial de Barranca". Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 003-99-AL/ PLS-MPB de fecha 04 de febrero del año 1999, se creó el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) para la participación vecinal en la provincia de Barranca; y conforme la normativa vigente, requiere emitir una nueva Ordenanza Municipal que regule el reconocimiento y Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Provincial de Barranca. Que, de conformidad con el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, aprobó por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA EL RECONOCIMIENTO Y REGISTRO ÚNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES (RUOS) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento que regula el Reconocimiento y Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Provincial de Barranca, contenido en el ANEXO ÚNICO que forma parte integrante de la presente Ordenanza, el que consta de once (11) Títulos, 35 artículos, y 13 disposiciones complementarias y finales.

Artículo 2º.- ENCARGAR su cumplimiento a la Gerencia de Desarrollo Humano, Subgerencia de Participación Vecinal, y demás unidades orgánicas de la Municipalidad. Artículo 3º.- FACÚLTESE al señor Alcalde dictar las disposiciones complementarias necesarias mediante Decreto de Alcaldía, para la adecuada aplicación de la presente ordenanza municipal. Artículo 4º.- DISPONER que la presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. Artículo 5º.- PUBLÍQUESE la presente norma legal y su ANEXO ÚNICO en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano. gob.pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. Artículo 6º.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 003-99-AL/PLS-MPB del 04 de febrero de 1999. Artículo 7º.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Protocolo, la difusión del presente Reglamento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la Casa Municipal a los 22 días del mes de julio del 2016. JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 1423009-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Ordenanza que aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias distritales en el ámbito de la provincia de Huaral
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2016-MPH Huaral, 12 de agosto de 2016 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Extraodinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el Ámbito de la Provincia de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2º Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Las municipalidades de los centros poblados son creadas conforme a ley. Que, según el artículo 9º, numeral 8), de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que es atribución del Concejo Municipal, entre otras, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, el artículo 40º de este mismo cuerpo normativo, precisa que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la

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