Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2016 (02/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Viernes 2 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

598107

de la ONPE, la Gerencia General mediante el Informe N° 000147-2016-GG/ONPE propone se designe a la señora MARY DEL ROSARIO JESSEN VIGIL, en dicho cargo de confianza; Con el Informe de Vistos, la Gerencia Corporativa de Potencial Humano señala que de la revisión de los documentos adjuntos al currículum vitae de la antes citada servidora se ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el perfil de puesto correspondiente al cargo de Gerente de Planeamiento y Presupuesto de la ONPE; perfil desarrollado conforme a lo dispuesto en la Resolución Jefatural N° 0001562016-J/ONPE que aprobó el Clasificador de Cargos de la ONPE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, los literales j) y s) del artículo 11º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias, así como la Resolución Jefatural Nº 049-2014-J/ONPE y sus actualizaciones, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal; Con el visado de la Secretaría General, de la Gerencia General y de las Gerencias Corporativa de Potencial Humano y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida, al 31 de agosto de 2016, la designación de la señora MARY DEL ROSARIO JESSEN VIGIL en el cargo de confianza de Sub Gerente de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la ONPE, correspondiente a la Plaza N° 063 del Cuadro para Asignación de Personal, declarando vacante dicha plaza a partir del 01 de setiembre de 2016. Artículo Segundo.- Designar a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, a la señora MARY DEL ROSARIO JESSEN VIGIL, en el cargo de confianza de Gerente de Planeamiento y Presupuesto, correspondiente a la Plaza Nº 055 del Cuadro para Asignación de Personal de la ONPE. Artículo Tercero.-. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, en el plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA Jefe 1423018-1

Que, mediante Resolución SBS Nº 4894-2011 del 19.04.2011 se autorizó la apertura de las referidas oficinas especiales; Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D"; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS Nº 4797-2015 y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Santander Perú S.A. el cierre de dos (02) oficinas especiales, según se indica: · Multiagencias Centro Bancario Prosegur, situada en Av. Morro Solar Nº 1030, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. · Multiagencias San Juan de Lurigancho, situada en Av. Canto Grande Nº 3599, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1422777-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, del Gobierno Regional de Moquegua
ORDENANZA REGIONAL Nº 02-2016-CR/GRM Fecha: 28 de marzo de 2016 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión Extraordinaria Nº 05-2016-CR/ GRM, de fecha 28 de marzo del 2016, el pleno del Consejo aprobó el Dictamen Nº 04-2016-COPPOTCR-GRM presentado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, mediante el cual propone la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 01-2010; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establecen, respectivamente, que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, establece que el numeral c) que son competencias

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Santander Perú S.A. el cierre de oficinas especiales en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 4527-2016 Lima, 23 de agosto de 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Santander Perú S.A. para que se le autorice el cierre de dos (02) oficinas especiales, según se indica en la parte resolutiva; y,

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