Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2016 (29/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Jueves 29 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

600291

POR LA IZQUIERDA POR EL FONDO PERÍMETRO ÁREA

: Colinda con el lote 1 y lote 3, en una línea recta que mide 27.41 ml. : Colinda con el lote 38, en una línea recta de 15.09 ml. : 85.50 ml : 419.20 m2.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, Visto el Dictamen N° 067-2016-MPC-CMPCSR-COAD de la Comisión Administración en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades en concordancia con su Artículo VIII, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 0262014 del 26 de diciembre de 2014, se aprobaron los procedimientos y servicios prestados en exclusividad de la Municipalidad Provincial del Callao, así como sus requisitos y costos administrativos, asimismo, mediante Ordenanza Municipal N° 027-2014 se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Provincial del Callao el mismo que ha sido modificado por la Ordenanza Municipal N° 0032016, Ordenanza Municipal 005-2016 y la Ordenanza Municipal N° 017-2016, así como por el Decreto de Alcaldía N° 02-2015-MPC-AL, Decreto de Alcaldía N° 012-2015 y Decreto de Alcaldía N° 016-2016. Que, mediante Decreto Supremo N° 400-2015-EF se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016. Que, mediante Resolución Directoral N° 0032016-EF/50.01 se aprobaron los instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016. Que, la Gerencia General de Desarrollo Urbano ha evaluado los procedimientos de la Gerencia de Obras y de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro a fin de dar cumplimiento a la actividad 1 de la Meta N° 25: "Todos los medios de difusión (TUPA, dípticos, trípticos, página web, paneles y otros) deberán contemplar los requisitos de las normas vigentes en materia de licencia de habilitaciones urbanas y edificaciones", considerando que para el cumplimiento de esta Meta sólo serán evaluadas las solicitudes de licencia de edificación de obras nuevas correspondientes a las modalidades B, C y D, que se encuentren finalizadas (aprobadas, denegadas, abandono, entre otros) y en trámite. En cuanto a las licencias de habilitación Urbana se evaluarán las modalidades B, C y D, finalizadas y/o en trámite respecto de habilitaciones nuevas; Que, se han emitido los siguientes documentos que constituyen antecedentes de la presente Ordenanza: Memorando N° 1793-2016-MPC/GGDU de la Gerencia General de Desarrollo Urbano que remite el Informe N° 1913-2016-MPC/GGDU-GO de la Gerencia de Obras y el Informe N° 954-2016-MPC/GGDU/GPUC de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; Memorando N° 1004-2016-MPC/GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización que remite el Informe N° 053-2016-MPC-GGPPRGR de la Gerencia de Racionalización; Memorando N° 1911-2016-MPC/GGDU de la Gerencia General de Desarrollo Urbano que remite el Informe N° 20562016-MPC/GGDU-GO de la Gerencia de Obras y el Informe N° 1114-2016-MPC/GGDU/GPUC de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; Informe N° 1017-2016-MPC/GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización que remite el Informe N° 055-2016-MPC-GGPPR-GR de la Gerencia de Racionalización que acompaña el Informe Técnico para la aprobación de la modificación del TUPA, Memorando N° 608-2016-MPC/GGAJC, por el cual la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación que emite opinión legal favorable y Memorándum

LOTES RESULTANTES: a).- SUB LOTE 44-A, MANZANA 5 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE POR LA DERECHA POR LA IZQUIERDA POR EL FONDO PERÍMETRO ÁREA : Colinda con la Calle Arenillas, en una línea recta de 8.30 ml. : Colinda con el lote 43, en una línea recta de 27.60 ml. : Colinda con el Sub Lote 44-B, en una línea recta de 27.50 ml. : Colinda con el lote 38, en una línea recta de 8.09 ml. : 71.49 ml. : 225.75 m2.

b).- SUB 44-B, MANZANA 5 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE POR LA DERECHA POR LA IZQUIERDA POR EL FONDO PERIMETRO ÁREA : Colinda con la Calle Arenillas, en una línea recta de 7.10 ml. : Colinda con el lote 1 y lote 3, en una línea recta de 27.41 ml. : Colinda con el Sub Lote 44-A, en una línea recta de 27.50 ml. : Colinda con el lote 38, en una línea recta de 7.00 ml. : 69.01 ml. : 193.45 m2.

Artículo Tercero.- DISPONER al PROPIETARIO, la inscripción de cada uno de los Sub-Lotes descritos en el artículo Primero de la presente Resolución en el Registro de Predios de la Propiedad Inmueble de Lima. Artículo Cuarto.- PONER en conocimiento a SERPAR LIMA para los fines del caso que considere conveniente. Artículo Quinto.- ESTABLECER la publicación de la presente Resolución en el diario Oficial El Peruano, a cuenta de la interesada en el plazo máximo de 30 días hábiles. Artículo Quinto.- NOTIFÍQUESE la Resolución al PROPIETARIO el contenido de la presente para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AGUSTÍN SOLIER GUEVARA Subgerente de Catastro 1433825-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Modifican el TUPA de la Municipalidad, en procedimientos a cargo de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro y de la Gerencia de Obras, dependientes de la Gerencia General de Desarrollo Urbano
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2016 Callao, 19 de septiembre de 2016

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