Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2016 (29/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Jueves 29 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

600275

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente Resolución, conjuntamente con el Proyecto señalado en el Artículo Primero, así como su Exposición de Motivos, sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe). Artículo Tercero.- Establecer un plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto del Proyecto referido en el Artículo Primero. Los comentarios serán presentados por escrito, en la oficina principal del OSIPTEL (Calle De la Prosa Nº 136, San Borja, Lima). En el caso de remisión de comentarios vía fax al número: (511) 475-1816, o mediante correo electrónico a la dirección: sid@osiptel.gob.pe se deberá adjuntar un archivo en formato Word. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Fiscalización y Supervisión del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese y publíquese. GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ Presidente del Consejo Directivo 1433895-1

permita implementar las disposiciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; respecto a la traducción de los reglamentos sobre Justicia de Paz que se aprobaron en el mes de diciembre del año próximo pasado. Tercero. Que la Dirección de Lenguas Indígenas del Vice Ministerio de Interculturalidad, mediante Oficio N° 043-2015-DLI-DGPI-VMI/MC, remite data sobre las "Lenguas Indígenas u Originarias por Distrito Judicial en el Perú", por departamento y provincias que integran las Cortes Superiores de Justicia de la República, en base al XI Censo de Población y VI de Vivienda del año 2007 del Instituto Nacional de Estadística e Informática. Cuarto. Que la propuesta presentada forma parte de las actividades de implementación del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional que ha suscrito el Poder Judicial con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y tiene como base legal lo establecido en los artículos 4° y 15° de la Ley N° 27935 - Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú. Quinto. Que la información proporcionada es la oficial a la fecha corresponde ser utilizada por el Poder Judicial para la traducción de sus disposiciones administrativas en lenguas originarias o indígenas; el juzgamiento de procesados que no tengan el castellano por lengua materna y sean miembros de una comunidad campesina, comunidad nativa o ronda campesina; la identificación y selección adecuada de intérpretes/traductores de lenguas indígenas para que intervengan en procesos judiciales que involucren a la población indígena; la validación de las actuaciones y/o decisiones de los órganos jurisdiccionales que están actuando con pertinencia cultural, entre otros. Sexto. Que teniendo en cuenta el contenido del documento materia de propuesta, se constata que cuenta con el sustento técnico desarrollado de manera idónea; motivo por el cual su respectiva aprobación deviene en procedente. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 516-2016 de la vigésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidias Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el documento denominado "Mapa Etnolingüístico Judicial"; que en anexo adjunto forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación en el Portal Institucional del poder Judicial la presente resolución y el documento aprobado, para su debido cumplimiento. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al señor Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia indígena; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1434759-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban documento denominado "Mapa Etnolingüístico Judicial"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 142-2016-CE-PJ Lima, 8 de junio de 2016 VISTOS: El Oficio N° 072-2015-GTP-CE-PJ e Informe N° 030-2015-GTP-CE-PJ-PA, cursados por el Consejero Responsable de Justicia de Paz y Justicia Indígena, y Oficios Nros. 231 y 143-2015-ONAJUP-CE/PJ, remitidos por el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena. CONSIDERANDO: Primero. Que la Constitución Política de 1993, en su artículo 149°; reconoce que las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas, con el apoyo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona. Agrega que la ley establece las formas de coordinación de dicha jurisdicción especial con los Juzgados de Paz y con las demás instancias del Poder Judicial. Segundo. Que el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena remite a este Órgano de Gobierno propuesta para aprobar el "Mapa Etnolingüístico Judicial", a fin de tener información que

Aprueban el "Protocolo de Justicia de Paz Escolar"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 200-2016-CE-PJ Lima, 10 de agosto de 2016

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