Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2017 (09/08/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

70

NORMAS LEGALES

Miércoles 9 de agosto de 2017 /

El Peruano

despacho de la Fiscalía de la Nación un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna, Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, Fiscalía Provincial Especializada en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas Sede Tacna, Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencias Centrales de Finanzas, Logística y Potencial Humano; Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional y a la interesada, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1551771-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Aprueban ejecución de la expropiación de inmueble afectado por la ejecución de la III Etapa de Chavimochic, a favor del Proyecto Especial Chavimochic
ACUERDO REGIONAL Nº 056-2017-GRLL/CR Trujillo, 4 de julio del 2017. APROBAR LA EJECUCIÓN DE LA EXPROPIACIÓN Y EL VALOR DE LA TASACIÓN DE UN INMUEBLE DE 1.0667 HA, CORRESPONDIENTE AL PREDIO DENOMINADO PP-US-04, CON DUPLICIDAD REGISTRAL INSCRITO EN LAS PARTIDAS ELECTRÓNICAS Nº 4010908 y Nº 4007610 DEL REGISTRO DE PREDIOS RURALES DE LA ZONA REGISTRAL Nº V - SEDE TRUJILLO, UBICADO EN EL SECTOR URRICAPE, DISTRITO RAZURI, PROVINCIA DE ASCOPE, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD, AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA III ETAPA DE CHAVIMOCHIC, VALORIZADO EN EL MONTO DE S/ 19,520.61. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad en Sesión Ordinaria de fecha 4 de julio de 2017, VISTO Y DEBATIDO, el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Proyectos y Programas Especiales del Consejo Regional La Libertad, recaído en la propuesta de Acuerdo Regional, relativo a Aprobar la Ejecución de la Expropiación y el Valor de la Tasación de un inmueble de un área de 1.0667 Ha, correspondiente al predio denominado PP-US-04, con duplicidad registral inscrito en las Partidas Electrónicas Nº 4010908 y Nº 4007610 del Registro de Predios Rurales de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo, ubicado en el Sector Urricape, Distrito Razuri, Provincia De Ascope, Departamento La Libertad, afectado por la ejecución de la III Etapa de CHAVIMOCHIC, valorizado en el monto de S/ 19,520.61; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191º, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Asimismo, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en sus artículos 2º y 4º respectivamente, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal. Los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, la Ley Nº 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles Afectados para la Ejecución de Diversas Obras de Infraestructura, en su Quinta Disposición Complementaria Final, declara de necesidad pública la ejecución de obras de infraestructura de gran envergadura, y en consecuencia autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución; Que, la Ley Nº 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible, en su Undécima Disposición Complementaria y Final, incorpora en la Quinta Disposición Complementaria

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. la apertura de oficina especial temporal en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 2971-2017 Lima, 26 de julio de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial Temporal en la "XXIV Feria Internacional Arequipa" a realizarse del 10 al 20 de agosto de 2017 en el Centro de Eventos y Exposiciones de Cerro July, ubicado en el distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la Oficina Especial Temporal solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. la apertura de una Oficina Especial Temporal del 10 al 20 de agosto de 2017 en la "XXIV Feria Internacional Arequipa" a realizarse en el Centro de Eventos y Exposiciones de Cerro July, en el distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1551536-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.