Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2017 (09/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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CONSIDERANDO;

NORMAS LEGALES

Miércoles 9 de agosto de 2017 /

El Peruano

Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia para la administración de sus bienes y rentas; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades dispone que las Ordenanzas son norma de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de la cual se regulan las materias de su competencia; Que, los artículos 55º, 56º y 59º de la referida Ley señalan que los bienes y derechos de su propiedad que administra se ejerce con autonomía, así mismo pueden ser trasferidos, concesionados en uso o explotación, arrendados o modificados su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por acuerdo de Concejo Municipal; Que, los actos que se realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, así como los dominio público que se encuentran bajo su administración, se ejecutan conforme a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, en lo que fuera aplicable, estando obligados a remitir a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) información de los referidos bienes para su registro en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales (SINABIP); Que, la Directiva Nº 006-2014-SBN regula el Procedimiento para la Aprobación De La Venta Directa por excepción De Predios De Dominio Privado Estatal aplicable a la Municipalidad Distrital de Carabayllo. Que, es necesario regular la administración actual de los bienes de acuerdo a las nuevas exigencias de modernización administrativa, en concordancia a los fines sociales institucionales; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar una Ordenanza que regule los mecanismos y procedimientos que permitan la transferencia de bienes de la Municipalidad Distrital de Carabayllo acorde a las normas de la SBN en los supuestos excepcionales establecidos en la Ley 29151 y su reglamento, Que, la Municipalidad Distrital de Carabayllo tiene la autonomía económica, presupuestal, financiera, técnica y funcional necesaria para la ejecución de los actos de disposición y administrativa de los bienes de propiedad estatal cuya administración está a su cargo; Que, mediante Informe Nº 329-2017-GDELT/MDC la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Turismo ha presentado una propuesta de Reglamento para regular los mecanismos y procedimientos que permiten la transferencia mediante venta directa de los predios de libre disponibilidad de la municipalidad distrital de Carabayllo en los supuestos excepcionales establecidos en la Ley 29151. Que, mediante Informe Nº 514-2017-GDUR/MDC, el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural, informa que considera oportuna y adecuada el proyecto de ordenanza que aprueba el reglamento que Regula los Mecanismos y Procedimientos de Venta Directa de los Predios de Libre Disponibilidad en la Municipalidad Distrital de Carabayllo y debe realizarse un inventario actualizado de bienes del municipio. Que, mediante Informe Nº 0292-2017-GAJ/MDC, el Gerente de Asesora Jurídica emite opinión legal favorable para la aprobación del proyecto descrito en el visto, para lo cual recomienda que deberá trasladarse todos los actuados al concejo municipal para ser sometidos a su aprobación. Que estando a lo expuesto, luego del debate y análisis pertinente del Dictamen e informes respectivos por parte del Concejo Municipal, teniendo en consideración lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 9º y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Consejo Municipal ha aprobado POR MAYORÍA la ordenanza siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA LOS MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS DE VENTA DIRECTA DE LOS PREDIOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO EN LOS SUPUESTOS EXCEPCIONALES ESTABLECIDOS EN LA LEY 29151 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que Regula los Mecanismos y Procedimientos de Venta Directa de los Bienes de Libre Disponibilidad de la Municipalidad Distrital de Carabayllo en los supuestos excepcionales establecidos en la ley 29151 y que consta de 4 Títulos, 23 artículos y 2 disposiciones complementarias y finales y forma parte integrante de la presente ordenanza Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración y Finanzas la implementación de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- DESÍGNESE por Resolución de Alcaldía la Comisión de Regidores encargados de fiscalizar el cumplimiento de la presente ordenanza.. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Secretaria General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Reglamento de la Ley 29091, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, la publicación del texto de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, sin el anexo correspondiente, así como en el portal institucional de la Municipalidad de Carabayllo (www.municarabayllo.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, publíquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 1552047-1

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Declaran inhabitable y disponen la desocupación de inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Pucusana
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 330-2017-AL/MDP Pucusana, 2 de agosto del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA. VISTO: El Informe Nº 864-2017-GAJ/MDP, de fecha 01 de agosto del 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite su Informe y Opinión Legal, señalando que, se emita nueva Resolución de Alcaldía que Declara Inhabitable la Infraestructura del Inmueble Ubicado en el Asentamiento Humano Pucusana Mz 59 Lote 1 Sector Balneario de Pucusana del Distrito de Pucusana, Departamento y Provincia de Lima, de un área total de 1,893.90 m2, inscrito en los Registros Públicos con el Código Predial Nº P03254431, de propiedad de la Municipalidad Distrital de Pucusana, Provincia y Departamento de Lima y consecuentemente, se Deje Sin Efecto Legal la Resolución de Alcaldía Nº 269-2017-AL/MDP, de fecha 26 de junio del 2017. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, dispone que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual resulta plenamente concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la misma que

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