Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2017 (18/08/2017)
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TEXTO DE LA PÁGINA 106
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NORMAS LEGALES
Viernes 18 de agosto de 2017 /
El Peruano
días hábiles de concluido cada trimestre, los Informes de Ejecución de Metas de acuerdo con el formato y procedimiento que para ello defina la Gerencia de Planeamiento de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización. Artículo 3.- Durante la etapa de ejecución, las actividades operativas aprobadas no constituyen por sí solas, sustento suficiente para ser ejecutadas, debiéndose observar para su cumplimiento, los requisitos esenciales y las formalidades establecidas por la normatividad vigente. Artículo 4.- Notificar la presente Resolución a cada gerente y gerente general de la entidad, a fin de que se dé cumplimiento de la misma. Artículo 5.- Encargar a la Gerencia de Informática la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional (www.municallao.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1555322-1
a la educación, lectura, conocimiento e investigación, desarrollando actividades educativas en los jóvenes y población en general; Que, en la Sesión de Concejo Municipal de la fecha, el Regidor Sr. Carlos Enrique Ávalos Moreno, presenta una moción para que se incorpore a la orden del día, para "Instaurar el Premio Literario Alfredo Bryce Echenique", para fortalecer y mejorar la provisión de servicios públicos de acceso y fomento de la lectura, con el fin de lograr mejores índices de desarrollo humano, prevención de actos delictivos y calidad de vida en los jóvenes y población en el Distrito de La Perla y del Callao, en general; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º, numeral 35, 41º y 82º, numeral 19 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, con el VOTO EN MAYORÍA de los señores Regidores, con la Dispensa de la Lectura y Aprobación del Acta, el Concejo Municipal; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la "Instauración del Premio Literario Alfredo Bryce Echenique", de acuerdo a los considerandos expuestos; comunicándose el presente acuerdo conforme a Ley. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Educación, Cultura y Deporte, su implementación, difusión y cumplimento del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- DISPONER la notificación del presente Acuerdo de Concejo a las instancias administrativas pertinentes para su cumplimiento, encargándose a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, su publicación en la página web de la Entidad (www.munilaperla.gob.pe), en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y autorícese su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS Alcaldesa 1555464-1
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Aprueban la "Instauración del Premio Literario Alfredo Bryce Echenique" en el Distrito de La Perla y del Callao
ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-2017-AC-MDLP La Perla, 7 de agosto de 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de la fecha, la moción realizada por el Regidor Sr. Carlos Enrique Ávalos Moreno e incorporada por la Señora Alcaldesa a la Orden del Día, sobre "Instaurar el Premio Literario Alfredo Bryce Echenique"; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los numerales 11) y 19) del Artículo 82º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deportes y recreación; organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados; asimismo, promover actividades culturales diversas; Que, el Artículo 35º, 38º, 55º y 59º de la Ordenanza Nº 007-2006-MDLP Reglamento Interno del Concejo, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de marzo de 2006, señalan que los pedidos de los señores Regidores por disposición del Alcalde o Teniente Alcalde, pasarán a la Orden del Día, los cuales serán tratados, debatidos y votados en esta estación, adoptándose el Acuerdo de Concejo pertinente, según lo dispone el Artículo 14º y 17º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Cultura como medio de prevención, logrará la disminución del actuar delictivo en jóvenes y un cambio en su conducta, inmersos en grupos de violencia como consecuencia del entorno en el que habitan; se busca sensibilizar a la población perleña, motivados
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Aprueban la propuesta que establece la Actualización del Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de Huaral 2016 - 2025
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2017-MPH Huaral, 23 de junio de 2017 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha 23 de Junio de 2017, la Propuesta de Actualización del Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Huaral 2016 2025 y el Dictamen Nº 004-2017-MPH-CDUTSV-CM de fecha 22 de Junio de 2017 de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte y Seguridad Vial del Concejo Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de