Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2017 (19/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Sábado 19 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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de los postulantes que culminaron satisfactoriamente el proceso de Certificación como evaluadores de competencias: · Acuerdo Nº 249-2017-CDAH, autorizó la certificación y registro como Evaluadores de Competencias para la ocupación de "Especialista en Proceso de Post Cosecha de Cacao", a cinco (05) postulantes, con una vigencia de cinco (05) años. · Acuerdo Nº 250-2017-CDAH, autorizó la certificación y registro como Evaluadores de Competencias para la ocupación de "Catador de Pasta o Licor de Cacao", cinco (05) postulantes, con una vigencia de cinco (05) años. De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar los Acuerdo Nº 249-2017CDAH y Nº 250-2017-CDAH, del Consejo Directivo Ad Hoc, de sesión del 02 de agosto 2017, a través de los cuáles se autorizó la certificación y registro como Evaluadores de Competencias para las ocupaciones de "Especialista en Proceso de Post-cosecha de Cacao" y "Catador de Pasta o Licor de Cacao", respectivamente, a las personas comprendidas en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, con una vigencia de 05 años. Artículo 2º.- Registrar en el "Registro Nacional de Evaluadores de Competencias Profesionales de Educación Básica y Técnico Productiva", a las personas comprendidas en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y portal web institucional del Sineace. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1555612-6

Indecopi la designación de los Secretarios Técnicos de la Institución; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 171-2010-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de noviembre de 2010, se designó a la señora Andrómeda Barrientos Roque como Secretaria Técnica de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Junín; Que, mediante Acuerdo Nº 049-2017 adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 26 de junio de 2017, se dispuso aceptar la renuncia de la señora Andrómeda Barrientos Roque al cargo de Secretaria Técnica de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Junín; Que, el Consejo Directivo del Indecopi ha aprobado la designación de la señorita Karina Alvarado Villaverde como funcionaria que ejerza de manera permanente el cargo de Secretaria Técnica de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Junín, en aras de garantizar la plena ejecución de las obligaciones y mandatos institucionales, a través del correcto funcionamiento de sus órganos internos; Estando al Acuerdo Nº 050-2017 adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 26 de junio de 2017; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señorita Karina Alvarado Villaverde como Secretaria Técnica de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Junín, con efectividad al 13 de julio de 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1555762-1

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Autorizan funcionamiento de Andean Crown Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C como sociedad administradora de fondos de inversión
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 072-2017-SMV/02 Lima, 14 de agosto de 2017 LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS: El Expediente Nº 2017009847, así como el Informe Nº 820-2017-SMV/10.2 del 14 de agosto de 2017, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 090-2016-SMV/10.2 del 09 de setiembre de 2016, se otorgó a los señores David Martín Saettone Watmough y Andrés Edgard Agramonte Hartley, la autorización de organización de una sociedad administradora de fondos de inversión a ser denominada Andean Crown Sociedad Administradora de Fondos de

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan Secretaria Técnica de la Comisión adscrita a la Oficina Registral del Indecopi de Junín
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 124-2017-INDECOPI/COD Lima, 14 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, y el literal f) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, corresponde al Consejo Directivo del

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