Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2017 (31/08/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 108

108

NORMAS LEGALES

Jueves 31 de agosto de 2017 /

El Peruano

de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de accidentes de Tránsito; Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2008MTC, se modificó el Reglamento de Supervisión de las AFOCAT y de funcionamiento de la Central de Riesgos de siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, dándose cumplimiento al Decreto Legislativo Nº 1051, por lo que deberá recurrirse a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones para los trámites y procedimientos administrativos relacionados a las AFOCAT; Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Vehículos, donde se establece las especificaciones técnicas y categorías de los vehículos menores; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, se aprueba el Texto único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito ­ Código de Tránsito; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2016-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir y Modificación del Texto Único Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0162009-MTC y el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172009-MTC; Que, mediante Informe Nº 152-2016-MDSA-GSC, de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, luego de la evaluación y análisis de la Ordenanza en mención, opina como favorable contar con dicha herramienta normativa de gestión y fiscalización que permitirá realizar el ordenamiento y mejorar la seguridad a favor de los pobladores del Distrito de San Antonio ­ Cañete; Que, mediante Informe Nº 04-2017-OAJ-MDSA, de la Oficina de la Asesoría Jurídica, luego de ver los antecedentes, base legal y análisis, concluye y recomienda como procedente la emisión de la respectiva Ordenanza, debiéndose someter a aprobación de Sesión de Concejo conforme lo estipula los incisos 8) y 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.

Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; el pleno por unanimidad y con dispensa de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO QUE REGULA EL TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MOTORIZADOS O NO MOTORIZADOS EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO ­ CAÑETE Artículo 1º.- APRUEBESE el Reglamento que Regula el Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Motorizados o no Motorizados en la Jurisdicción del distrito de San Antonio ­ Cañete; el mismo que comprende de cinco (05) Títulos, ocho (08) Capítulos, sesenticinco (65) Artículos, cuatro (04) Disposiciones Complementarias, Finales y Transitorias, y la Tabla de Infracciones y Sanciones comprendida de tres (03) folios; que forman parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias y reglamentarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Deróguese todo dispositivo legal que se oponga a la presente norma municipal. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entra en vigencia luego de su publicación conforme a Ley. POR TANTO: Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. MIGUEL FLORENCIO YAYA LIZANO Alcalde 1559906-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.