Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2017 (31/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Jueves 31 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de Alcalde a Colombia, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 070-2017-MSI San Isidro, 23 de agosto del 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha; el Informe Nº 048-2017-1600-GS/MSI de la Gerencia de Sostenibilidad, el Memorándum Nº 824-2017-0830-SLSG-GAF/MSI de la Subgerencia de Logística y Servicios Generales, el Informe Nº 163-2017-0810-SCC/MSI de la Subgerencia de Contabilidad y Costos, los Certificados de Crédito Presupuestal Nº 2017-01946 y Nº 2017-01947 de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 461-2017-0800-GAF/MSI de la Gerencia de Administración y Finanzas, y el Informe Nº 0476-20170400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, la Gerencia de Sostenibilidad informa sobre la invitación para participar en el XII Congreso Iberoamericano de Municipalistas, a desarrollarse en la ciudad de Caldas, Manizales, Colombia, del 24 al 28 de setiembre de 2017, en el que se otorgara el Premio UIM - FLACMA Buenas Prácticas y Experiencias de Gestión Local, al "Programa + Ciudad" de la Municipalidad de San Isidro; Que, el artículo 9º, numeral 11, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que corresponde al concejo municipal, autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o en representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que el artículo 10º, numeral 10.1, de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, Ley Nº 30518, establece que durante el Año Fiscal 2017, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, entre los que se encuentra el Alcalde, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas, así como que la autorización para viajes al exterior de tales personas se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, los artículos 2º y 3º de la Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27619, en concordancia con los artículos 2º y 4º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatorias, establecen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos, así como que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, en este contexto, la concurrencia al mencionado evento resulta de interés institucional para recibir el Premio UIM - FLACMA Buenas Prácticas y Experiencias de Gestión Local al "Programa + Ciudad" de la Municipalidad de San Isidro y exponer la experiencia de dicho programa, los avances y logros a nivel de gestión local sostenible, y participar de diversas experiencias, aprendiendo y aprovechando el intercambio de conocimientos técnicos en beneficio del distrito, lo que va a potenciar al distrito de San Isidro como ejemplo de sostenibilidad, según lo señalado por la Gerencia de Sostenibilidad; Que, en consecuencia, estando a la opinión favorable respecto a la disponibilidad presupuestal, corresponde

se autorice el viaje al exterior del señor Alcalde, en comisión de servicios, del 26 al 28 de setiembre de 2017, para participar en el XII Congreso Iberoamericano de Municipalistas, a desarrollarse en la ciudad de Caldas, Manizales, Colombia; al amparo del el artículo 10º, numeral 10.1, de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la Ley Nº 27619, y el artículo 9º, numeral 11, de la Ley Orgánica de Municipalidades; De conformidad con los artículos 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, el Concejo por Mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR, por interés institucional, el viaje al exterior de don MANUEL FERNANDO JORGE CARLOS VELARDE DELLEPIANE, Alcalde de la Municipalidad de San Isidro, del 26 al 28 de setiembre de 2017, para participar, en comisión de servicios, en el XII Congreso Iberoamericano de Municipalistas, a llevarse a cabo en la ciudad de Caldas, Manizales, Colombia; con el siguiente detalle de gastos: - Pasaje Aéreo Lima - Caldas - Lima - Viáticos TOTAL: S/ S/ S/ 2,310.00 1,782.00 -----------4,092.00

Artículo Segundo.- ENCARGAR el despacho de Alcaldía al señor regidor JAVIER IGNACIO BEDOYA DENEGRI, en su calidad de Teniente Alcalde, por el periodo del 26 al 28 de setiembre de 2017. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, y demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias, y a la Secretaría General, su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1559649-1

MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR
Aprueban el Arancel de Costas y Gastos de los procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 245-2017-MDSMM Santa María del Mar, 24 de agosto de 2017 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA DEL MAR ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA MARIA DEL MAR VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 21 de fecha 24 de agosto de 2017, adoptado en Sesión Ordinaria de Concejo; y el Memorandum Nº 99-2017-OAJ-MSMM de fecha 23 de agosto de 2017 de la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el cual se recomienda al Concejo aprobar la Ordenanza de Arancel de Costos y Gastos Procesales de los

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