Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2017 (16/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Sábado 16 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, el numeral 4.5 del artículo 4 de la Directiva N° 0012017-EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2017-EF/63.01, y modificada mediante Resolución Directoral N° 004-2017-EF/63.01, establece que la Unidad Ejecutora de Inversiones es designada por el Órgano Resolutivo y registrada por la Oficina Programación Multianual de Inversiones para cada inversión en el aplicativo informático del Banco de Inversiones junto con su Responsable, mediante el Formato N° 03: Registro de la Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones, de la presente Directiva; Que, mediante el Informe N° 432-2017-MIDIS/ SG/OGPPM la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización recomienda que la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social realice la designación de la Unidad Ejecutora de Inversiones y su Responsable, correspondiente al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES; De conformidad con la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; el Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0272017-EF, y la Directiva N° 001-2017-EF/63.01 Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 0012017-EF/63.01, y modificada por Resolución Directoral N° 004-2017-EF/63.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la Unidad de Gestión de Proyectos de Infraestructura del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, como el órgano que realizará las funciones de Unidad Ejecutora de Inversiones de dicho Programa; y a la señora Susana Haji Shironoshita como su Responsable. Artículo 2.- Notificar la presente resolución al Ministerio de Economía y Finanzas, a la responsable indicada en el artículo 1 de la presente resolución, a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FIORELLA MOLINELLI ARISTONDO Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1598035-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del Pliego Ministerio de Relaciones Exteriores
DECRETO SUPREMO Nº 365-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó,

entre otros, el presupuesto institucional del pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, de conformidad al numeral 25 del artículo 6 de la Ley N° 29357, el Ministerio de Relaciones Exteriores, tiene como función específica, administrar, expedir y revalidar pasaportes diplomáticos y especiales, así como los pasaportes comunes en el exterior; otorgar visas y calidades migratorias, documentos de viaje y de identificación para extranjeros en el ámbito de su competencia; Que, con fecha 14 de marzo de 2016, en la ciudad de Bruselas, Reino Unido de Bélgica, se suscribió el Acuerdo entre la República del Perú y la Unión Europea sobre exención de visados para estancias de corta duración, que incluye a los ciudadanos peruanos, titulares de pasaportes diplomáticos y especiales, donde se incluye entre otros, una Declaración Conjunta sobre la introducción de pasaportes biométricos por parte del Estado Peruano, mediante la cual, la República del Perú se compromete a expedir solamente pasaportes biométricos a sus ciudadanos; Que, en dicho contexto, el Ministerio de Relaciones Exteriores contrata el servicio de emisión descentralizada de pasaportes biométricos comunes, diplomáticos y especiales, por la suma total de OCHENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 10/100 SOLES (S/ 86 965 341,10); Que, mediante el Oficio OF. RE (OPP) N° 2-5/41, el Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita recursos adicionales hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 2 207 796,00), para financiar el pago por el servicio de emisión descentralizada de pasaportes biométricos comunes, diplomáticos y especiales", correspondiente al año 2017, adjuntando para dicho efecto el Informe (OPR) N° OPR034/2017, a través del cual la Jefa de la Oficina de Programación y Presupuesto del mencionado pliego, señala que los recursos solicitados no fueron programados en su presupuesto institucional para el año 2017 y no cuentan con recursos de libre disponibilidad para este fin; Que, los artículos 44 y 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito suplementario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 2 207 796,00) a favor del pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, destinada a financiar el pago por el servicio de emisión descentralizada de pasaportes biométricos comunes, diplomáticos y especiales, correspondiente al año 2017, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del mencionado pliego en el presente año fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 2 207 796,00) a favor del pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, para ser destinados al financiamiento de los gastos que demanden las acciones

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