Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2017 (28/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Jueves 28 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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coadyuvar a la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales, al actividades productivas y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales que contribuyan a una efectiva gestión y protección del ambiente; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 29325, señala que forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ SINEFA, el Ministerio del Ambiente ­ MINAM, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ OEFA y las entidades de Fiscalización Ambiental, Nacional, Regional o Local; Que, de conformidad con el artículo 7º de la Ley Nº 29325, las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental, y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA, siendo una de ellas la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa. Estas entidades forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA y sujetan su actuación a las normas de la presente Ley y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como ente rector del referido Sistema; Que, el Numeral 8.1 del Artículo 8º de la Ley Nº 29325, determina que el Consejo Directivo del OEFA ­como órgano máximo de la entidad­ tiene entre sus principales funciones definir la Política Institucional así como aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD, emitido por el OEFA, se aprobaron los lineamientos de obligatorio cumplimiento para todas las Entidades de Fiscalización Ambiental ­ EFA, a ser implementados para la formulación, aprobación y evaluación de su Plan Anual de Fiscalización Ambiental - PLANEFA. Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 026-2016-OEFA/CD, se modifica los lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental Planefa y su Anexo 1, aprobados por la Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD; Que, el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ SINEFA, es un instrumento técnico normativo necesario para fortalecer la coordinación entre el OEFA y las Entidades de Fiscalización Ambiental ­ EFA, en materia de la formulación, ejecución y evaluación de sus respectivos planes, y por lo tanto, es necesario que en el año 2017 la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa tenga un Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA; Que, en el marco de las normas citadas precedentes de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, de esta entidad edil, ha formulado el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa 2018, por lo que es necesario la aprobación, con la finalidad de que esta entidad edil, pueda desarrollar sus funciones de evaluación, supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental el año 2018, de conformidad con lo previsto en el artículo 73º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que atribuyen competencia en materia ambiental a los gobiernos locales; Que, mediante informe Nº 108-2017-MDPH-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que el proyecto de Resolución de Alcaldía que aprueba el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA 2018 de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, se encuentra acorde al marco legal vigente y resulta relevante su aprobación, toda vez que señala objetivos primordiales que se enmarcan en las funciones asignadas a los Gobiernos Locales relativas a la Protección del Ambiente Local; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferida por el Artículo 20º Numeral 6 y el Artículo 43º de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA 2017,

del Distrito de Punta Hermosa, que se anexa y forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Fiscalización Administrativa la ejecución de las actividades programadas del PLANEFA 2018 y garantizar el cumplimiento de mismas, que se aprueba a través de la presente resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General de Concejo de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa la publicación del texto aprobatorio de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y la publicación del texto íntegro de la presente Resolución en el portal de Transparencia de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General de Concejo, Gerencia de Administración, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Imagen Institucional, Unidad de Informática y Gobierno Electrónico la implementación y difusión del PLANEFA 2018 en cuanto corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 1601165-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Precisan nombre de programa aprobado mediante D.A. N° 12-2017-MPC-AL en el sentido que se denomina "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales del Distrito del Callao - 2017"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 15-2017-MPC-AL Callao, 26 de diciembre de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Visto, el Memorando N° 1550-2017-MPC/GGPMA, de fecha 19 de diciembre del 2017, de la Gerencia General de Protección del Medio Ambiente sobre cumplimiento de la Meta 17; y, Considerando: Que, a través del Decreto Supremo N° 394-2016-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2017, el cual establece que las municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos de dicho Programa de Incentivos; Que, en tal sentido mediante Decreto de Alcaldía N° 12-2017-MPC-AL de fecha 20 de octubre del 2017 se aprobó el "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en Viviendas Urbanas del Distrito del Callao - 2017", como parte de la Meta N° 17 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2017; Que, sin embargo, con el documento de visto la Gerencia General de Protección del Medio Ambiente solicita se precise el nombre del programa aprobado por Decreto de Alcaldía N° 12-2017-MPC-AL, debiendo ser "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales del Distrito del Callao - 2017";

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