Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2017 (13/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 13 de enero de 2017
- Servicios aerotopográficos.

NORMAS LEGALES

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- Servicios de interpretación multiespectral de imágenes ya sean satelitales o equipos aerotransportados. - Ensayes de laboratorio (análisis de minerales, suelos, agua, etc). b) Otros Servicios Vinculados a la Actividad de Exploración Minera: - Servicio de alojamiento y alimentación del personal operativo del Titular del Proyecto. - Servicios de asesoría, consultoría, estudios técnicos especiales y auditorías destinados a las actividades de exploración minera. - Servicios de diseño, construcción, montaje industrial, eléctrico y mecánico, armado y desarmado de maquinarias y equipo necesario para las actividades de la exploración minera. - Servicios de inspección, mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo utilizado en las actividades de exploración minera. - Alquiler o arrendamiento financiero de maquinaria, vehículos y equipos necesarios para las actividades de exploración. - Transporte de personal, maquinaria, equipo, materiales y suministros necesarios para las actividades de exploración y la construcción de campamentos. - Servicios médicos y hospitalarios. - Servicios relacionados con la protección ambiental. - Servicios de sistemas e informática. - Servicios de comunicaciones, incluyen comunicación radial, telefonía satelital. - Servicios de seguridad industrial y contraincendios. - Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativo. - Servicios de seguros. - Servicios de rescate, auxilio.

1473244-1

INTERIOR
Aprueban Plan Operativo Institucional - POI 2017 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 004-2017-IN Lima, 4 de enero de 2017 VISTOS, el Informe N° 000007-2017/IN/DGPP/DPP, de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planificación y Presupuesto; el Oficio N° 000030-2017/IN/DGPP, de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y el Informe N° 000011-2017/ IN/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado tienen entre sus funciones, la de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 71.1 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante, entre otros, con los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, de acuerdo a los numerales 71.2 y 71.3 del artículo 71° del referido Texto Único Ordenado, el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo

plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades; asimismo, los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1805-2016IN, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2016-2021 Actualizado del Sector Interior, el cual fue elaborado sobre la información generada en la Fase de Análisis Prospectivo y se articula con las políticas y prioridades de gestión del Gobierno peruano, así como con los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1812-2016IN, se aprobó el Plan Estratégico Institucional ­ PEI 20172019 del Ministerio del Interior, el cual se articula con el Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM 2016-2021 Actualizado, mencionado en el párrafo precedente; Que, el literal d) del artículo 77° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2013-IN, dispone que la Dirección General de Planificación y Presupuesto tiene por función, entre otras, conducir la formulación, evaluación y actualización de los planes estratégicos y planes operativos del Sector Interior, en el marco de las normas y lineamientos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, a través del Informe N° 000007-2017/IN/DGPP/ DPP, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planificación y Presupuesto propone la aprobación del Plan Operativo Institucional - POI 2017 del Ministerio del Interior; propuesta que ha sido validada por la Dirección General de Planificación y Presupuesto, mediante Oficio N° 000030-2017/IN/DGPP; Que, el Plan Operativo Institucional - POI 2017 del Ministerio del Interior, es un documento que se articula a los lineamientos estratégicos establecidos en el Plan Estratégico Institucional - PEI 2017-2019, los cuales a su vez están en correspondencia con el análisis prospectivo realizado en el Plan Estratégico Sectorial Multianual ­ PESEM 2016-2021 Actualizado del Sector Interior; Con la visación del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, del Despacho Viceministerial de Orden Interno, de la Secretaría General, de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y la Directiva N° 001-2014-CEPLAN, Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional ­ POI 2017 del Ministerio del Interior, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Planificación y Presupuesto la difusión, el seguimiento y la evaluación del Plan Operativo Institucional ­ POI 2017 del Ministerio del Interior. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", así como la publicación de la Resolución y su anexo en el Portal Institucional y de Transparencia del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1473536-1

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