Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2017 (14/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Martes 14 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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Desconcentradas de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional y la Sub Gerencia de Asistencia Técnica de la Gerencia de Información y Educación Electoral; asimismo, ha sido revisada por las Gerencias de Organización Electoral y Coordinación Regional, de Gestión de la Calidad y de Asesoría Jurídica; En ese sentido, el objetivo de esta directiva es establecer los alcances y lineamientos para supervisar los procesos de elección de los Consejos Directivos de las Juntas de Usuarios de Agua y Consejos Directivos de las Comisiones de Usuarios, en el marco de la Ley citada, la cual será de observancia y aplicación obligatoria para la Secretaría General, y de las Gerencias de Información y Educación Electoral, de Informática y Tecnología Electoral, de Gestión Electoral, de Organización Electoral y Coordinación Regional, de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto, en lo que corresponda; por lo que, se hace necesario emitir la Resolución Jefatural correspondiente; De conformidad con el artículo 9°, numeral 9.1, del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, los artículos 5°, literal g) y 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, los literales s) y t) del artículo 11º y el literal y) del artículo 13° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 0632014-J/ONPE y sus modificatorias; el Gerente General ejerce interinamente la representación legal de la ONPE, así como la Jefatura Nacional, hasta cuando el Consejo Nacional de la Magistratura nombre al nuevo titular de la Institución; Con el visado de la Secretaría General, de las Gerencias de Asesoría Jurídica, Organización Electoral y Coordinación Regional, Información y Educación Electoral y Gestión de la Calidad; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la "Directiva de Supervisión de Procesos Electorales en el marco de la Ley N° 30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua", con Código DI01-GOECOR/SEL, Versión 00, que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Precisar que la presente Directiva es administrada por la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, es de observancia y aplicación obligatoria para la Secretaría General y las Gerencias de Información y Educación Electoral, de Informática y Tecnología Electoral, de Gestión Electoral, de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto, en lo que les corresponda. Artículo Tercero.- Poner el contenido de la presente resolución en conocimiento de todos los órganos de la entidad, así como de la Autoridad Nacional del Agua y del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión y la publicación de la resolución y anexo en el portal institucional www.onpe. gob.pe, dentro del mismo plazo. Regístrese, comuníquese y publíquese. GILBERT FERNANDO VALLEJOS AGREDA Jefe (i) 1485178-1

VISTOS: el Oficio N° 00357-2017-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones; el Oficio N° 127-2017-DNROP/JNE de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; el Informe N° 000002-2017-CSJCLV EM 2017/ONPE y anexos, de la Comisión de Selección de Jefes y Coordinadores de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para las Elecciones Municipales 2017; así como el Informe N° 000072-2017-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Supremo N° 043-2016-PCM se convocó a Elecciones Municipales, para el día 12 de marzo de 2017, con la finalidad de elegir Alcaldes y Regidores de los Concejos Municipales de las circunscripciones de: Distrito de Neshuya, de la provincia de Padre Abad, del departamento de Ucayali; distrito de Alexander Von Humboldt, de la provincia de Padre Abad, del departamento de Ucayali; y distrito de Pucacolpa, de la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho; A efecto de la organización y ejecución de las elecciones antes referidas, mediante la Resolución Jefatural N° 000197-2016-J/ONPE, se determinó la conformación de una (01) Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE Lima); Mediante Resolución Jefatural N° 000025-2017J/ONPE se dispuso la publicación de la relación de postulantes que aprobaron el proceso de selección, para cubrir las vacantes de titulares y accesitarios, para el cargo de Coordinador de Local de Votación de las ODPE, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la misma; otorgándosele a la ciudadanía el plazo previsto en el artículo 49° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para la interposición de las tachas que pudieran corresponder; A través del Oficio N° 00357-2017-SG/JNE, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones hace de conocimiento que, respecto a la relación de postulantes consignados en el anexo de la Resolución Jefatural citada en el considerando que antecede, vencido el plazo de cinco días naturales para la presentación de tachas, de conformidad con el artículo 49° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, el Jurado Electoral Especial de Lima ha informado que ante sus mesas de partes no se ha presentado ninguna tacha contra los referidos postulantes, tampoco ante la mesa de partes del Jurado Nacional de Elecciones; Por otro lado, mediante informe de vistos, la Comisión de Selección de Jefes y Coordinadores de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para las Elecciones Municipales 2017, precisa que se tomó conocimiento del Oficio N° 127-2017-DNROP/JNE de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, en la que informan que en la "Lista de Candidatos de los últimos cuatro (04) años", aparece la señorita MIRTHA GODOY AYALA, como candidata en las Elecciones Regionales y Municipales 2014, al cargo de regidora distrital, por la Organización Política Movimiento Independiente Innovación Regional del distrito de Sivia, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho; por tal motivo será, excluida de la Lista de Designación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE; En tal sentido, corresponde emitir la Resolución Jefatural que designe de manera definitiva, a los postulantes seleccionados al cargo de Coordinador de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, titulares y accesitarios, en el marco de las Elecciones Municipales 2017; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 5° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE, el literal s) del artículo 11° y el literal y) del artículo 13° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado con Resolución Jefatural N° 063-2014J/ONPE y sus modificatorias; el Gerente General ejerce interinamente la representación legal de la ONPE, así como la Jefatura Nacional, hasta cuando el Consejo Nacional de la Magistratura nombre al nuevo titular de la Institución;

Designan Coordinadores de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, titulares y accesitarios, en el marco de las Elecciones Municipales 2017
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000045-2017-J/ONPE Lima, 10 de febrero de 2017

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