Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2017 (14/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Martes 14 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES
DESEMBOLSOS HASTA S/ CÓDIGO SNIP

23
TOTAL POR TRANSFERIR 1° 2° S/ Desembolso Desembolso



ENTIDAD EJECUTORA

NOMBRE DEL PROYECTO Mejoramiento de la producción del cacao incrementando las capacidades de los agricultores en tecnologías modernas de producción en las localidades de Saposoa, El Eslabón, Sacanche, Piscoyacu, Alto Saposoa y Tingo de Saposoa, provincia de Huallaga - San Martín. Mejoramiento de la cadena productiva de cacao en las comunidades del distrito de teniente César López Rojas - Alto Amazonas - Loreto. Instalación de 1700 hectáreas de especies forestales con fines de recuperación de suelos degradados en las microcuencas de Amiñio Blanco, Amiñio Negro, Pao, Chumbaquihui, Pishuaya, Huaja, Shucshuyacu, Shabana, Azangihua y Talliquihui, en la provincia de El Dorado - San Martín. Mejoramiento del servicio de apoyo al desarrollo productivo del cultivo de café en el, distrito de Pólvora - Tocache - San Martín. Mejoramiento de la cadena de valor del cacao en los distritos de Yurimaguas, Jeberos y Santa Cruz, provincia de Alto Amazonas - Loreto. Recuperación de áreas degradadas con cobertura forestal en las localidades de San Antonio de Padua, Río blanco, Crisnejas y Paraiso, distrito de Cholón - Marañón - Huanuco. Recuperación de suelos degradados en 11 caseríos en la cuenca baja Río Monzón, distrito de Mariano Dámaso Beraún - Leoncio Prado - Huánuco. TOTAL

Municipalidad Provincial 12 Huallaga Municipalidad Distrital 13 Teniente César López Rojas Municipalidad Provincial 14 El Dorado Municipalidad Distrital Pólvora Municipalidad Provincial Alto Amazonas Municipalidad Distrital Cholón Municipalidad Distrital Mariano Dámaso Beraún

318463

1,549,770

0

1,549,770

250453

543,914

0

543,914

213312

1,395,112

0

1,395,112

15 16

271330 320934

1,000,825 1,823,191

0 0

1,000,825 1,823,191

17

220585

1,538,849

0

1,538,849

18

258547

1,221,726 22,036,728

0 545,549

1,221,726 22,582,277

1485175-1 Que, según lo dispuesto por el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, el Consejo Directivo de Osinergmin ejerce la función normativa, de manera exclusiva, y a través de Resoluciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2016PCM se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de Osinergmin; y en tanto se adecuaran los instrumentos de gestión correspondientes a la nueva estructura orgánica aprobada, con Resolución Nº 133-2016-OS-CD se establecieron disposiciones transitorias, que incluían las relacionadas a las instancias competentes para el ejercicio de la función sancionadora en los sectores energético y minero; así como en otros procedimientos administrativos bajo el ámbito de competencia de Osinergmin; Que, mediante artículo 1 de la Resolución de Consejo Directivo N° 133-2016-OS/CD, se estableció el alcance geográfico de las Oficinas Regionales de Lima Norte y Lima Sur, para el ejercicio de la función sancionadora, para los trámites relacionados al Registro de Hidrocarburos, así como para los procedimientos relativos a agentes que realizan las actividades de comercialización y distribución de hidrocarburos líquidos, electricidad y gas natural; Que, con la finalidad de optimizar las labores de supervisión de las Oficinas Regionales mencionadas, resulta pertinente la modificación del artículo 1 de la Resolución de Consejo Directivo N° 133-2016-OS/CD, en el extremo referido a trasladar algunos distritos a cargo de la Oficina Regional Lima Norte a la competencia de la Oficina Regional Lima Sur; así como, para considerar dentro de la competencia de la Oficina Regional de Lima Norte a las empresas concesionarias ESEMPAT (Empresa de Servicios Eléctricos Municipal de Pativilca S.A.C.) y COELVISAC (Zona de Concesión de Andahuasi), toda vez que estas concesionarias se encuentran dentro de su área de influencia y alcance geográfico; Que, finalmente también se precisa la nueva denominación de la empresa concesionaria EDELNOR S.A.A., que a partir del mes de octubre de 2016, ha cambiado de razón social a "ENEL DISTRIBUCIÓN PERÚ"; Que, conforme a lo establecido en el artículo 14 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0012009-JUS y el artículo 25° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Establecen disposiciones relacionadas a la organización de Osinergmin, en lo referido a los órganos competentes para actividades relacionadas al ejercicio de sus funciones
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 023-2017-OS/CD Lima, 9 de febrero de 2017 VISTO: El Memorando N° DSR-116-2017 de la División de Supervisión Regional que remite a la Gerencia General el proyecto de Modificación de la Resolución de Consejo Directivo N° 133-2016-OS/CD, mediante la cual se establecen disposiciones relacionadas a la organización de Osinergmin, en lo referido a los órganos competentes para actividades relacionadas al ejercicio de sus funciones. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materia de su competencia, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas;

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