Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2017 (25/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Sábado 25 de febrero de 2017 /

El Peruano

Oficializan Acuerdos mediante los cuales se autorizaron la certificación y registro de diversos Evaluadores de Competencias
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 048-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 23 de febrero de 2017 VISTO: El Informe Nº07-2017-SINEACE/ST-DEC-EBTP, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, el artículo 21º, numeral 21.2, del Reglamento de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo Nº 018-2007-ED establece que para ser autorizado como entidad certificadora de competencias profesionales, se debe disponer de un equipo estable, y uno disponible, de especialistas en evaluación por competencias, cuyos integrantes han sido previamente certificados por el órgano competente del SINEACE; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº30220, Ley Universitaria del 09 de julio del 2014 se declaró en reorganización el SINEACE y derogó el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 3962014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 se constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, a fin de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva mediante documento de visto, el Informe Nº05-2017-SINEACE/ DEC-CMCA y demás actuados, propone la certificación de cinco (05) evaluadores de competencias para la ocupación de Experto(a) en Diseño Textil, quienes aprobaron las evaluaciones correspondientes; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión del 16 de febrero 2017, mediante Acuerdo Nº038-2017-CDAH, autorizó la certificación y registro como Evaluadores de Competencias para la ocupación de Experto (a) en Diseño Textil, a cinco (05) postulantes que culminaron satisfactoriamente el proceso de Certificación como evaluadores de competencias, con una vigencia de cinco (05) años; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, Ley Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 038-2017CDAH del Consejo Directivo Ad Hoc, de sesión del 16 de febrero 2017, a través del cual se autorizó la certificación y registro como Evaluadores de Competencias para la

ocupación de Experto (a) en Diseño Textil, a las personas comprendidas en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, con una vigencia de 05 años. Artículo 2º.- Registrar en el "Registro Nacional de Evaluadores de Competencias Profesionales de Educación Básica y Técnico Productiva", a las personas comprendidas en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y portal web institucional del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1489499-21 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 049-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 23 de febrero de 2017 VISTO: El Informe Nº 06-2017-SINEACE/ST-DEC-EBTP, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, el artículo 21º, numeral 21.2, del Reglamento de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo Nº 018-2007-ED establece que para ser autorizado como entidad certificadora de competencias profesionales, se debe disponer de un equipo estable, y uno disponible, de especialistas en evaluación por competencias, cuyos integrantes han sido previamente certificados por el órgano competente del SINEACE; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria del 09 de julio del 2014 se declaró en reorganización el SINEACE y derogó el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 3962014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 se constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, a fin de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva mediante documento de visto, el Informe Nº 06-2017-SINEACE/ DEC-CMCA y demás actuados obrantes, propone la certificación de nueve (09) evaluadores de competencias para la ocupación de Maestro (a) en Telar horizontal de 4 estacas - Pampa Away, quienes aprobaron las evaluaciones correspondientes; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión del 16 de febrero 2017, mediante Acuerdo Nº 039-2017-CDAH, autorizó la certificación y registro como Evaluadores de Competencias para la ocupación de Maestro (a) en Telar horizontal de 4 estacas - Pampa Away, a nueve (09) postulantes que

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