Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2017 (25/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

Sábado 25 de febrero de 2017 /

El Peruano

Que, de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Con el visto del Secretario General, de la Directora General Encargada de la Oficina General de Gestión de las Personas, Director General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, lo establecido en los numerales 4) y 7) del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, y lo dispuesto en el artículo 9 y literales d), h) y t) de artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la señora Sharon Carolina Torres Mitchell efectuada por la Resolución de Superintendencia N° 139-2016-SUSALUD/S, bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, con efectividad al 31 de enero de 2017. Artículo 2.- DESIGNAR, con eficacia anticipada al 1 de febrero de 2017, a la señora SHARON CAROLINA TORRES MITCHELL en el cargo de confianza de Directora de la Oficina de Comunicación Corporativa de la Superintendencia Nacional de Salud, bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728. NOTIFÍQUESE la presente resolución a la Oficina General de Gestión de las Personas, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina General de Administración, para los fines que correspondan de acuerdo a sus atribuciones. Artículo 4°.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicación Corporativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y DISPONER la publicación de la presente Resolución en la página web institucional, conforme a lo dispuesto por la Directiva N° 002-2015-SUSALUD/SG aprobada por Resolución de Secretaría General N° 019-2015-SUSALUD/SG, modificada mediante Resolución de Secretaría General N° 086-2015-SUSALUD/SG. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELENA CRISTINA ZELAYA ARTEAGA Superintendente 1490014-3

Los Oficios N° 477-2017-P-AL-CSJCA-PJ y N° 479-2017-P-AL-CSJCA-PJ, cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca hace de conocimiento que por Ley N° 27667, publicada el 15 de febrero de 2002, se declaró al Carnaval de Cajamarca como Fiesta Nacional; asimismo, por Decreto de Alcaldía N° 001-2017-A-MPC, la Municipalidad Provincial de Cajamarca ha declarado el 27 de febrero del año en curso día festivo en la jurisdicción del Distrito de Cajamarca, con ocasión del "Día Central de la Celebración del Carnaval Cajamarquino"; motivo por el cual solicita la suspensión de las labores en los órganos jurisdiccionales y administrativos ubicados en las ciudades de Cajamarca y Baños del Inca. Segundo. Que conforme a lo establecido en el Plan de Seguridad "Carnaval 2017", aprobado por la Municipalidad Provincial de Cajamarca, el Gran Corso del Carnaval de Cajamarca que se llevará a cabo el día 27 de febrero del presente año, constituye un evento de alto riesgo; por lo que existirá restricciones en el tránsito vehicular y en los servicios básicos de agua y luz; y en atención a ello resulta pertinente disponer, con arreglo a la competencia legal que corresponde al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la suspensión de las labores administrativas y jurisdiccionales por razones de seguridad y en resguardo del servicio de justicia en las dependencias ubicadas en las ciudades de Cajamarca y Baños del Inca; debiéndose reprogramar las diligencias que no se desarrollen en la fecha de suspensión del despacho judicial. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 142-2017 de la décima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo y Vera Meléndez; sin la intervención de los señores Ruidías Farfán y Álvarez Díaz por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Suspender el despacho judicial y las labores en los órganos jurisdiccionales y dependencias administrativas del Distrito Judicial de Cajamarca, ubicados en los Distritos de Cajamarca y Baños del Inca, por el día 27 de febrero del presente año, por razones de seguridad. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca y a la Gerencia General del Poder Judicial, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución; asi como para el mantenimiento del servicio de justicia en los ámbitos en los que por su naturaleza éste resulta de atención inmediata. Artículo Tercero.- Disponer que los órganos jurisdiccionales procedan a reprogramar las diligencias establecidas, para fecha más próxima. Artículo Cuarto.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, en el periodo más próximo, programará la recuperación de las horas dejadas de laborar. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Fiscalía de la Nación, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; asiícomo a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1490169-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Suspenden despacho judicial y labores en órganos jurisdiccionales y dependencias administrativas del Distrito Judicial de Cajamarca, ubicados en los distritos de Cajamarca y Baños del Inca, el 27 de febrero
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 076-2017-CE-PJ Lima, 22 de febrero de 2017

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