Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2017 (05/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Miércoles 5 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- En un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicado el presente Decreto Supremo, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante Resolución Ministerial y, previa opinión favorable del Ministerio del Ambiente, aprobará los Términos de Referencia para proyectos del sector saneamiento que cuenten con clasificación anticipada. Segunda.- El presente Decreto Supremo, entrará en vigencia a partir del día siguiente de publicada la

Resolución Ministerial que apruebe los Términos de Referencia que hace mención la Primera Disposición Complementaria Transitoria del presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Anexo II Clasificación anticipada de proyectos que presentan características comunes o similares de competencia del sector saneamiento
Proyectos con características similares o comunes Tipo de Categoría (DIA, EIA-sd, EIA-d) EIA-d Condiciones para asignar la Categoría En caso se ubique en ámbito geográfico de Selva o cabecera de cuenca, y cumpla por lo menos una de las siguiente condiciones: - Se encuentre dentro de ANP y/o ZA-ANP. - Se encuentre en zonas donde se haya comprobado la presencia de restos arqueológicos. EIA-sd En caso se ubique en ámbito geográfico de Selva o cabecera de cuenca, fuera de: ANP, ZAANP y/o zonas donde se haya comprobado la presencia de restos arqueológicos. En caso de proyectos para poblaciones mayores a 1 millón de habitantes. En caso de proyectos para poblaciones mayores a 100 000 hasta un millón de habitantes que cumplan por lo menos una de las siguiente condiciones: - Se encuentre dentro de ANP y/o ZA-ANP. - Se encuentre en zonas donde se haya comprobado la presencia de restos arqueológicos. - Se encuentre en cabecera de cuenca hidrográfica. - Considera ríos de Selva. EIA-sd En caso de proyectos para poblaciones mayores a 100 000 hasta un millón de habitantes, fuera de: ANP, ZA-ANP, zonas donde se haya comprobado la presencia de restos arqueológicos, cabecera de cuenca hidrográfica y/o ríos de selva.

Sector

Proyectos sujetos al SEIA

7. Represamiento de agua para Represamiento de agua para potabilización potabilización

Proyectos integrales de agua y 8. Proyectos integrales de saneamiento para poblaciones agua y saneamiento para poblaciones mayores a 15,000 mayores a 15,000

EIA-d

Saneamiento (R.M N° 383-2016-MINAM del 14.12.2016)

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