Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2017 (05/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de julio de 2017 /

El Peruano

En uso de la facultad conferida en el inciso j) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación del señor Washinton Alejandro Chávez Rosas como Fedatario Administrativo Alterno de la Intendencia de Aduana de Ilo, efectuada mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas N° 001078 de fecha 5 de setiembre de 2001. Artículo 2°.- Designar como Fedatarios Administrativos Titular y Alterno de la Intendencia de Aduana de Ilo, a los trabajadores que a continuación se indican: Fedatario Administrativo Titular - DINA ORDOÑEZ BELTRAN Fedatario Administrativo Alterno -KARINA SHEILA RODRIGUEZ MENDOZA Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGNET CARMEN MARQUEZ RAMIREZ Superintendenta Nacional Adjunta de Administración y Finanzas 1539361-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES
Aprueban Plan Estratégico Institucional PEI 2017 - 2019 actualizado de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 0000134-2017-MIGRACIONES Lima, 4 de julio de 2017 VISTO, el Informe Técnico N° 30-2017-CEPLAN/ DNCP-FI, elaborado por la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Informe N° 000008-2017-MAV-PP-MIGRACIONES, elaborado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 000237-2017-AJ-MIGRACIONES, elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Legislativo N° 1130 del 07 de diciembre de 2012, se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; Asimismo, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de

Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); De otro lado, el Decreto Supremo 004-2013-PCM del 09 de enero de 2013, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, establece la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público al servicio de los ciudadanos y del desarrollo del país, en su parte introductoria precisa promover en el país la administración pública eficiente y enfocada en resultados; Del mismo modo, con Resolución Ministerial N° 1805-2016-IN, del 29 de diciembre de 2016, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual ­ PESEM 2016-2021 Actualizado del Sector Interior, y se dispuso que los organismos públicos adscritos al Ministerio del Interior formulen y/o adecuen sus planes estratégicos institucionales y planes operativos institucionales a dicho PESEM; A través del Informe N° 000008-2017-MAVPP-MIGRACIONES, y el Memorando N° 0003542017-2017-PP-MIGRACIONES, ambos del 21 de junio de 2017, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto propone el proyecto del Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019 Actualizado de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; señalando que cuenta con el informe favorable la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, emitido a través del Informe Técnico N° 30-2017-CEPLAN/ DNCP-FI; Mediante el Informe N° 000237-2017-AJMIGRACIONES, del 22 de junio de 2017, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución de Superintendencia que resuelve aprobar el Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019 Actualizado de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; Estando a lo propuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y con la visacion de la Gerencia General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-IN; y, la Resolución Ministerial N° 1805-2016-IN, que aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual ­ PESEM 2016-2021 Actualizado del Sector Interior; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019 Actualizado de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, documento que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la difusión, el seguimiento y la evaluación del Plan Estratégico Institucional PEI 20172019 Actualizado de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Superintendencia en el Diario Oficial "El Peruano", así como la publicación de la Resolución y su Anexo en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES (www. migraciones.gob.pe). Regístrese y comuníquese. EDUARDO SEVILLA ECHEVARRÍA Superintendente Nacional 1539972-1

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