Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2017 (21/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Viernes 21 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Declaran desfavorable petición de cambio de zonificación en el distrito de Ate
ORDENANZA N° 2047 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 13 de julio de 2017, el Dictamen N°35-2017-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; y de conformidad con el Artículo 23° de la Ordenanza N° 1617; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DESFAVORABLE UNA PETICIÓN DE CAMBIO DE ZONIFICACIÓN EN EL DISTRITO DE ATE Artículo Primero.- Declarar desfavorable la petición de cambio de zonificación, que a continuación se indica, manteniendo la vigencia del plano de zonificación de los usos del suelo correspondiente al distrito de Ate, aprobado por Ordenanza N° 1099-MML, publicada el 12 de diciembre de 2007.
N° EXP. N° SOLICITANTE UBICACIÓN Av. Vía de Evitamiento Lote 25 Mz. M Lotización Industrial San Francisco PROPUESTA I2 a CZ

manteniendo la vigencia del plano de zonificación de los usos del suelo correspondiente al distrito de Lince, aprobado por Ordenanza N° 1017-MML, publicada el 16 de mayo de 2007, y modificatorias.
N° EXP. N° SOLICITANTE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE UBICACIÓN Predio ubicado en la Av. General Trinidad Morán N° 647-643

1 120058-2011

Artículo Segundo.- Encargar a Secretaría General de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a la interesada, lo indicado en la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 13 de julio de 2017. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1546004-1

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban el Reglamento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM)
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 022-2017/MDA Ate, 20 de julio de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe Nº 176-2017-MDA/GDSC de la Gerencia de Desarrollo Social y Cultural; el Proveído Nº 1354-2017-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que: los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, asimismo, la referida Constitución Política del Perú en su artículo 4º precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; asimismo, el artículo 7º señala que todos tienen derecho a la protección de su salud, del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, define como persona adulta mayor a todas aquellas que tengan 60 o más años de edad; Que, de conformidad con el primer párrafo del artículo 10º de la precitada Ley, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), promueve la creación de Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM), por los gobiernos locales; Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 270MDA, de fecha 28.03.2011, se creó el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Ate;

1

Empresa 210793-2014 Domerson S.A.

Artículo Segundo.- Encargar a Secretaría General de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios del predio lo indicado en la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 13 de julio de 2017 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1546005-1

Declaran desfavorable petición de cambio de zonificación en el distrito de Lince
ORDENANZA N° 2048 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 13 de julio de 2017, el Dictamen N° 39-2017-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; y de conformidad con el Artículo 23° de la Ordenanza N° 1617; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DESFAVORABLE UNA PETICIÓN DE CAMBIO DE ZONIFICACIÓN EN EL DISTRITO DE LINCE Artículo Primero.- Declarar desfavorable la petición de cambio de zonificación, que a continuación se indica,

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