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10 NORMAS LEGALES Sábado 22 de julio de 2017 / El Peruano Que, en tal sentido, siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje del citado servidor, por lo que corresponde emitir el correspondiente acto resolutivo; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Administración, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor LUIS ANTONIO IBAÑEZ GUERRERO, Asesor en Gestión de la Calidad del Aire de la Dirección de Calidad Ambiental y Ecoe fi ciencia de la Dirección General de Calidad Ambiental dependiente del Viceministerio de Gestión Ambiental, a la ciudad de Washington D.C. de los Estados Unidos de América, del 24 al 28 de julio de 2017, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos por el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: LUIS ANTONIO IBAÑEZ GUERRERO Pasajes internacionales aéreos US$ 1374.44Viáticos (por 4 días) US$ 1760.00 Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el servidor cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar un Informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Noti fi car la presente resolución a la Dirección General de Calidad Ambiental, así como a la Ofi cina General de Recursos Humanos para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1547405-1 Modifican R.M. Nº 179-2017-MINAM mediante la cual se creó el Grupo de Trabajo de Ética e Integridad Pública del Sector Ambiente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 211-2017-MINAM Lima, 21 de julio de 2017Visto; el Memorando Nº 547-2017-MINAM/SG de la Secretaría General; el Informe Nº 226-2017-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 179-2017-MINAM se creó el Grupo de Trabajo de Ética e Integridad Pública del Sector Ambiente, con el objeto de promover la transparencia, ética e integridad pública en el Sector; estando conformado, entre otros, por el/la Secretario/a General del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP); Que, teniendo en consideración la actual estructura orgánica del IIAP, resulta necesario modi fi car el citado artículo 1, a fi n de precisar que el/la Gerente/a General del referido Instituto integra el Grupo de Trabajo de Ética e Integridad Pública del Sector Ambiente; Con el visado de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el literal h) del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 179-2017-MINAM, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo de Ética e Integridad Pública del Sector Ambiente Créase el Grupo de Trabajo de Ética e Integridad Pública del Sector Ambiente, dependiente del Ministerio del Ambiente, con el objeto de promover la transparencia, ética e integridad pública en el Sector; el mismo que estará conformado de la siguiente manera: (...)h) El/la Gerente/a General del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP) (...)” Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1547405-2 Disponen la prepublicación, en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente, del proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Criterios para la Gestión de Sitios Contaminados RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 212-2017-MINAM Lima, 21 de julio de 2017Vistos, el Memorando Nº 462-2017-MINAM/ VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 1077-2017-MINAM/VMGA/DGCA, de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Informe Nº 039-2017-MINAM/VMGA/DGCA/DCAE, de la Dirección de Calidad Ambiental y Ecoe fi ciencia; el Informe Nº 240-2017-MINAM/SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del