Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2017 (22/07/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Sábado 22 de julio de 2017

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

17

VISTOS, el Expediente Nº 0060769-2017, los Informes Nº 343-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN y Nº 391-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 651-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:

Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Viceministerial Nº 076-2015-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denomina "Normas que regulan el procedimiento para el encargo de plazas vacantes de cargos directivos, jerárquicos y de especialistas en educación en el marco de la Ley de Reforma Magisterial". Regístrese, comuníquese y publíquese.

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que esta Ley tiene por objeto normar las relaciones entre el Estado y los profesores que prestan servicios en las instituciones y programas educativos públicos de educación básica y técnico productiva y en las instancias de gestión educativa descentralizada, prestando el profesor un servicio público esencial dirigido a concretar el derecho de los estudiantes y de la comunidad a una enseñanza de calidad, equidad y pertinencia; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 076-2015-MINEDU se aprobó la Norma Técnica denomina "Normas que regulan el procedimiento para el encargo de plazas vacantes de cargos directivos, jerárquicos y de especialistas en educación en el marco de la Ley de Reforma Magisterial"; con la finalidad de establecer los procedimientos, requisitos y criterios técnicos para la selección del personal docente que ocupará, mediante encargo, las plazas vacantes de los referidos cargos; Que, posteriormente, con la Ley Nº 30541, Ley que modifica la Ley de Reforma Magisterial y se establecen disposiciones para el pago de remuneraciones de docentes de Institutos y Escuelas de Educación Superior, se modificaron diversos aspectos de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial; y en correlato a lo señalado, mediante el Decreto Supremo Nº 005-2017-MINEDU se modificaron diversos artículos del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; Que, asimismo, con Resolución Ministerial Nº 188-2017-MINEDU se aprobó la implementación del cargo de especialista en formación docente, del Área de Desempeño Laboral de Formación Docente de la Carrera Pública Magisterial; el cual se orienta a brindar apoyo al equipo directivo de la institución educativa en el diseño y gestión de acciones formativas vinculadas con el desarrollo de los docentes al interior de la institución educativa en la que labora; Que, con Oficio Nº 762-2017-MINEDU/VMGPDIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 343-2017-MINEDU/VMGPDIGEDD-DITEN, el cual fue complementado con el Informe Nº 391-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, ambos elaborados por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, con los cuales se sustenta la necesidad de dejar sin efecto la precitada Norma Técnica, por cuanto se requiere aprobar una norma que se adecúe a las modificaciones efectuadas a la Ley de Reforma Magisterial y de su Reglamento, y que contenga las disposiciones para el encargo en plazas vacantes de especialista en formación docente; Con el visado de la Dirección General de Desarrollo Docente y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

LILIANA MIRANDA MOLINA Viceministra de Gestión Pedagógica 1547126-1

Aprueban la Norma Técnica denominada "Normas que regulan el procedimiento para el encargo de plazas vacantes de cargos directivos, jerárquicos, especialistas en formación docente y especialistas en educación en el marco de la Ley de Reforma Magisterial"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 208-2017-MINEDU Lima, 21 de julio de 2017 VISTOS, el Expediente Nº 0060769-2017, los Informes Nº 343-2017-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DITEN y Nº 391-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 651-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 70 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, el encargo es la acción de personal que consiste en ocupar un cargo vacante o el cargo de un titular mientras dure la ausencia de este, para desempeñar funciones de mayor responsabilidad; el mismo que es de carácter temporal, excepcional, no genera derechos, y no puede exceder el período del ejercicio fiscal; Que, el numeral 176.2 del artículo 176 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, señala que el Ministerio de Educación establece los procedimientos para el proceso de encargatura, el cual debe contemplar como requisito haber aprobado la última evaluación de desempeño docente o en el cargo; Que, el artículo 177 del precitado Reglamento establece que se tienen dos tipos de encargos; el de puesto, que se autoriza en plaza orgánica vacante debidamente presupuestada o en plaza vacante generada por ausencia temporal del titular; y el de funciones, que se autoriza únicamente para asumir el cargo de director de institución educativa, en caso esta última no cuente con la plaza orgánica vacante debidamente presupuestada, en cuyo caso el profesor encargado continúa ejerciendo su labor docente en aula; Que, el artículo 178 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, señala que los profesores pueden acceder mediante encargo a los puestos jerárquicos, de subdirectores, directores y de especialistas de las áreas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.