Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2017 (22/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de julio de 2017 /

El Peruano

en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Medellín, República de Colombia, de la señorita Laura Cristina Herrera Vega, del 23 al 28 de julio de 2017, para que en representación de PROMPERÚ, lleve a cabo diversas acciones previas y durante el desarrollo de la feria mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción de exportaciones. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Total Viáticos Nro. Nombre y apellidos Clase Económica Continente Viáticos día US$ días US$ US$ Laura Cristina Herrera Vega 1 045,68 América del Sur 370,00 5 1 850,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Laura Cristina Herrera Vega, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1546649-1

en las actividades programadas por la conmemoración del 194º Aniversario de la "Batalla Naval del Lago de Maracaibo" y día de la Armada de la República de Colombia, a realizarse en las ciudades de Cartagena de Indias y Bogotá, República de Colombia del 22 al 26 de julio de 2017; Que, con Carta V.200-0521 de fecha 23 de junio de 2017, el Comandante General de la Marina informa al Comandante de la Armada Nacional de Colombia, que se acepta la invitación cursada; precisando que no podrá participar del programa completo. Asímismo, señala que dicha actividad permitirá fortalecer las relaciones bilaterales existentes; Que, de acuerdo con el documento Nº 124-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice en otro continente; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, correspondiendo el pago de UN (1) día adicional de viáticos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 0562013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE:

DEFENSA
Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1003-2017 DE/MGP Jesús María, 19 de julio de 2017 VISTA: La Carta G.500-3302 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 7 de julio de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha mayo de 2017, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia, ha cursado invitación al Comandante General de la Marina, para que acompañado de UN (1) Oficial Ayudante, participe

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Almirante Gonzalo Nicolás RÍOS Polastri, CIP. 00766823, DNI. 07511468, Comandante General de la Marina y del Capitán de Corbeta Roberto Antonio NIETO Gómez, CIP. 00917941, DNI. 43307726, para que participen en las actividades programadas por la conmemoración del 194º Aniversario de la "Batalla Naval del Lago de Maracaibo" y día de la Armada de la República de Colombia, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, el 24 de julio de 2017; así como, autorizar su salida del país el 23 y su retorno el 25 de julio de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Cartagena de Indias (República de Colombia) - Lima US$ 1,679.78 x 2 personas US$ 3,359.56 Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 2 días TOTAL A PAGAR: US$ 1,480.00 US$ 4,839.56

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