Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2017 (28/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Viernes 28 de julio de 2017 /

El Peruano

Enfoque Intercultural, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2015-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Institucionalizar el funcionamiento de las Ventanillas Multilingües implementada en la Sede Central del Ministerio de Cultura y sus Direcciones Desconcentradas de Cultura. Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria proponga los instrumentos de gestión necesarios para el funcionamiento estandarizado de las Ventanillas Multilingües, en coordinación con la Dirección de Lenguas Indígenas de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas. Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria el fomento de la implementación progresiva de Ventanillas Multilingües en las Direcciones Desconcentradas de Cultura con alta presencia de hablantes en lenguas indígenas, que aún no hayan implementado las mismas, conforme a los recursos humanos y presupuestales disponibles; para cuyo efecto contará con la asistencia técnica de la Dirección de Lenguas Indígenas de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas. Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria que, en coordinación con la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, efectúe las acciones pertinentes para la difusión permanente y lingüísticamente pertinente del funcionamiento de las Ventanillas Multilingues, en la Sede Central y en las Direcciones Desconcentradas de Cultura donde se encuentren implementadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1548989-1

Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial respecto de la representante del Ministerio de Defensa; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21021, Ley de creación de la Caja de Pensiones Militar Policial, modificado por las Leyes Nº 28541 y 28962 y por el Decreto Legislativo Nº 1133, que dispuso el ordenamiento definitivo del Régimen de Pensiones del Personal militar y policial; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de del Ministerio de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 386-2016-DE/ del 19 de octubre de 2016, en el extremo referido a la designación de la señora Patricia Hilda Elizabeth Figueroa Valderrama. Artículo 2.- Designar al señor Morgan Quero Gaime, como miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1548999-6

ECONOMIA Y FINANZAS DEFENSA
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO N° 220-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Educación para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 200 000 000,00) para el financiamiento de las intervenciones de educación básica priorizadas para el ejercicio fiscal 2017 por el Ministerio de Educación, así como para el financiamiento de los bienes, servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura de los Programas Presupuestales "Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular", "Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular", "Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico-productiva" y "Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria", así como acciones centrales; Que, asimismo, el citado artículo señala que los recursos a los que se hace referencia en el considerando precedente serán transferidos a los pliegos Gobiernos Regionales previo cumplimiento de compromisos de desempeño durante el año escolar para la adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula;

Designan miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 061-2017 DE/ Lima, 26 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1133, que dispuso el ordenamiento definitivo del Régimen de Pensiones del Personal militar y policial, modificó los artículos 12 y 13 del Decreto Ley Nº 21021, Ley que crea la Caja de Pensiones Militar Policial, estableciendo que su Consejo Directivo se encuentra integrado, entre otros, por dos directores designados por el Ministerio de Defensa; Que, el artículo 12 del Decreto Ley Nº 21021, Ley que crea la Caja de Pensiones Militar Policial, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1133 dispone, entre otros aspectos, que los integrantes del Consejo Directivo, a excepción de los representantes de los pensionistas, no deben de pertenecer al régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 19846 ni al régimen de pensiones militar policial regulado por el Decreto Legislativo Nº 1133; Que, mediante Resolución Suprema Nº 386-2016DE/ del 19 de octubre de 2016, se designó, entre otros, a la señora Patricia Hilda Elizabeth Figueroa Valderrama, como miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa; Que, estando a lo propuesto por el Ministerio de Defensa, se ha visto por conveniente reconformar el

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