Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2017 (28/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Viernes 28 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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de Gestión Educativa Local (UGEL), f) La realización de los Juegos Deportivos Escolares Nacionales y Juegos Florales, g) El pago de propinas de los Promotores Educativos Comunitarios y el pago de pasajes, viáticos y/o movilidad local de Profesores Coordinadores en el marco de los programas no escolarizados de educación inicial de gestión directa del ciclo I y II, h) El fortalecimiento de los servicios pedagógicos en los centros y programas de Educación Básica Especial, escuelas inclusivas así como en las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, i) El fortalecimiento de las acciones comunes del PP 0090: Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular; y de las acciones del PP 0091: Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular, y del PP 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica; a través de la contratación de personal bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057 y la adquisición de bienes y servicios, l) del mencionado numeral, referida al Plan de Fortalecimiento de los Institutos Pedagógicos y m) La implementación de las evaluaciones o concursos previstos en la Ley 29944, Ley de la Reforma Magisterial, así como el pago de viáticos y movilidad local para los integrantes de los Comités de Evaluación que se constituyan en los Gobiernos Regionales; Que, el numeral 27.2 del referido artículo dispone que las modificaciones presupuestarias autorizadas para el financiamiento de las intervenciones y acciones pedagógicas se efectúan progresivamente hasta el 31 de julio del año fiscal 2017; asimismo, se establece que las transferencias se efectúan en base a los resultados de la ejecución de los recursos asignados en el presupuesto institucional de los Gobiernos Regionales y de la ejecución de la última transferencia efectuada para las mencionadas intervenciones; asimismo, el numeral 27.3 dispone que el Ministerio de Educación emite, según corresponda, las condiciones o disposiciones complementarias que se deben cumplir para la transferencia y ejecución de los recursos a que hace referencia el referido artículo, en el marco de la normatividad de la materia; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 016-2017-MINEDU, modificada por Resolución de Secretaría General Nº 094-2017-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada "Normas para la contratación administrativa de servicios del personal para las intervenciones pedagógicas en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091 y 0106, para el año 2017"; Que, con Resolución Ministerial Nº 061-2017-MINEDU modificada por las Resoluciones Ministeriales N°s. 152, 271 y 349-2017-MINEDU, se aprueban los padrones nominales de Instituciones Educativas focalizadas para intervenciones pedagógicas, las metas de contratación (PEAS) del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para las intervenciones y acciones pedagógicas, y se dispone que los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación que se transfieran a favor de los pliegos Gobiernos Regionales en el marco de lo establecido en el artículo 27 de la Ley N° 30518, solo podrán ser usados para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas durante el año 2017, conforme a lo establecido en los padrones nominales de Instituciones Educativas focalizadas y a las metas de contratación (PEAS) aprobadas; Que, con Resolución de Secretaría General Nº 037-2017-MINEDU, modificada por Resolución de Secretaría General N° 106-2017-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica que establece los procedimientos, los criterios y las responsabilidades en el marco de las Transferencias de Recursos Destinados al Financiamiento de Intervenciones y Acciones Pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2017, la cual tiene como objetivos: i) Optimizar la gestión presupuestal de los recursos a ser transferidos a los Gobiernos Regionales, en específico a las Unidades Ejecutoras del Sector Educación; ii) Promover la transferencia oportuna de recursos a favor de los Gobiernos Regionales; iii) Minimizar los montos de los saldos presupuestales que se generen al finalizar el año fiscal 2017; iv) Propiciar el uso transparente y eficiente de los recursos asignados a las

intervenciones y acciones pedagógicas impulsadas por el Ministerio de Educación; y, v) Regular la contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, así como la adquisición de bienes y servicios necesarios para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas a las que se hace referencia en el numeral 3 de la Norma Técnica; Que, el numeral 6.2.1 de la Norma Técnica señalada en el considerando precedente, establece que para calcular los montos de las transferencias por tramos, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica elaborará un Informe, el mismo que deberá tomar en cuenta la información de la ejecución presupuestal de los pliegos Gobiernos Regionales contenida en los registros de los sistemas de información oficiales del Ministerio de Educación (SIAGIE, Censo Escolar, NEXUS o el que haga sus veces, entre otros), del Ministerio de Economía y Finanzas (Sistema Integrado de Administración Financiera ­ SIAF, Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público ­ AIRHSP; así como del Sistema Integrado de Gestión Administrativa ­ SIGA); Que, asimismo, el numeral 6.2.2 dispone que el monto de estas transferencias será determinado en función a los resultados de la ejecución de los recursos asignados en el Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales, en específico a las Unidades Ejecutoras del Sector Educación y de la ejecución de los recursos de la última transferencia efectuada; considerando los recursos necesarios para financiar las actividades programadas para las intervenciones pedagógicas en el correspondiente tramo; para tales efectos, se tendrá en cuenta los Criterios de programación de las intervenciones pedagógicas (Anexo 1), la Metodología de cálculo de las transferencias y Criterios de evaluación por tipo de componente (Anexo 2); así como la Mensualización de actividades por intervención pedagógica (Anexo 3) que forman parte de la Norma Técnica; Que, en el numeral 8.1 de la Norma Técnica denominada "Normas y orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2017 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica" aprobada con Resolución Ministerial N° 627-2016-MINEDU, se detallan los concursos escolares cuya realización ha sido autorizada por el Ministerio de Educación dentro de las cuales se encuentran los Juegos Deportivos Escolares Nacionales; Que, el artículo 15 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; asimismo, en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la carrera pública magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 141-2017-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada "Norma que Regula la Evaluación Ordinaria de Desempeño para Profesores de Instituciones Educativas del Nivel Inicial de la Educación Básica Regular de la Carrera Pública Magisterial", que tiene por finalidad comprobar el grado de desarrollo de las competencias y desempeños profesionales del profesor, establecidos en los dominios del Marco del Buen Desempeño Docente, e identificar sus necesidades de formación en servicio para brindarle el apoyo correspondiente en la mejora de su práctica docente; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 317-2017-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial Nº 324-2017-MINEDU, se convoca el Primer Tramo de la Evaluación Ordinaria de Desempeño para Profesores de Instituciones Educativas del Nivel Inicial de la Educación Básica Regular de la Carrera Pública Magisterial; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 289-2017-MINEDU, se aprueba el "Plan de Fortalecimiento de Institutos Públicos de Formación Docente para el Año 2017" que tiene por objeto contribuir al fortalecimiento de la formación inicial docente a nivel nacional, a través de

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