Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2017 (28/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Viernes 28 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Informe Nº 056-2017-MPL-GRDE, la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico informa y sustenta la necesidad de prorrogar la fecha de vencimiento del Beneficio Tributario y No Tributario para el cumplimiento de pago de deudas vencidas en el Distrito de Pueblo Libre, regulado por la Ordenanza Nº 496-MPL, a efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los vecinos de la jurisdicción; ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 42º Y EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGUESE hasta el 31 de agosto de 2017, el Beneficio Tributario y No Tributario para el cumplimiento de pago de deudas vencidas en el Distrito de Pueblo Libre, establecido en la Ordenanza Nº 496-MPL. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico, a la Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico, a la Gerencia de Defensoría al Vecino y Mejora de la Atención al Ciudadano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente norma en lo que fuere de su competencia. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JHONEL LEGUIA JAMIS Alcalde 1548740-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Aprueban el Reglamento del Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA N° 006-2017/MSJM San Juan de Miraflores, 25 de julio del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Visto, el Memorándum N° 0898-2017-GM-MDSJM, de la Gerencia Municipal, mediante el cual se hace llegar el proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba el Reglamento del Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Técnico N° 003-2017/ PPSP/CIAM/SGBIS/GDIS/MDSJM, de fecha 24 de junio del 2017, se señala que es necesaria la aprobación del Reglamento Interno del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) del distrito de San Juan de Miraflores para dar cumplimiento a la Meta N° 02; para fines del presente se adjunta el proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba el Reglamento del Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, así como el Proyecto de Reglamento para el Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores y sus anexos;

Que, mediante el Informe N° 122-2017/SGBIS/GDIS/ MDSJM, la Subgerencia de Bienestar e Inclusión Social remite el Informe Técnico N° 003-2017/PPSP-CIAMSGBIS-GDIS-MDSJM, a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, a fin de informar sobre los avances de la Meta N° 02: Creación o adecuación del Centro Integral de Atención al Adulo Mayor; Que, mediante el Memorándum N° 375-2017-GDIS/ MDSJM, la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social comunica que es necesaria la aprobación del Reglamento Interno del CIAM, estando de acuerdo con el proyecto que adjunta, con la finalidad de cumplir con la Meta N° 02 establecida en el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2017; asimismo, remite los actuados a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto para los fines correspondientes; Que, mediante el Memorándum N° 280-2017-GPP/ MDSJM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa a la Gerencia de Asesoría Jurídica que se requiere de opinión legal para la aprobación del Reglamento Interno del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) del distrito de San Juan de Miraflores mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante el Informe Legal N° 311-2017-MDSJM/ GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha emitido su pronunciamiento, concluyendo en el sentido de que opina por la aprobación del Reglamento de Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) del distrito de San Juan de Miraflores, recomendándose elevar los actuados al Alcalde para su aprobación de acuerdo al numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley N° 27972; Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, señala que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, la referida Constitución en su artículo 4° precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; asimismo, el artículo 7° de la Constitución Política del Estado señala que, todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad; Que, el artículo 2° de la Ley N° 30490, Ley de las Personas Adultas Mayores, define, como personas adultas mayores a todas aquellas que tengan 60 o más años de edad; Que, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 10º de la precitada Ley, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve la creación de Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM) por los gobiernos locales; Que, a través de la Ordenanza Nº 364/MSJM, de fecha 20 de julio del 2017, se constituye el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor en la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores; Que, mediante la Ordenanza N° 365/MSJM, de fecha 20 de julio del 2017, se modifican los artículos 130° y 131° del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, aprobado mediante la Ordenanza N° 350/MSJM, incorporando la función del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM de San Juan de Miraflores; Que, el Reglamento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM de San Juan de Miraflores, es un instrumento de gestión del CIAM, el cual fue constituido mediante la Ordenanza N° 364/MSJM, Estando a lo establecido en el artículo 42° de la Ley Nº 29792 - Ley Orgánica de Municipalidades y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la norma citada; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto

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