Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2017 (03/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Sábado 3 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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necesidad de viaje de los pobladores de Ilo, así como evitar la creciente accidentalidad que mantienen los vehículos que han superado la antigüedad máxima permitida; es necesario recomendar a la Autoridad Edil coordinar con el Ministerio de Transporte y Comunicaciones la implementación de un cronograma de retiro vehicular; Estando en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA AMPLIACIÓN DEL RÉGIMEN DE ANTIGÜEDAD MÁXIMA DE PERMANENCIA DE LOS VEHÍCULOS AL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PERSONAS EN LA PROVINCIA DE ILO Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza Municipal que aprueba la ampliación del régimen de antigüedad máxima de permanencia de los vehículos al servicio de transporte público de personas de ámbito Provincial, por cinco (05) años, extendiendo la misma de quince (15) a veinte (20) años. Artículo Segundo.- RECOMENDAR a la Autoridad Edil coordinar con el Ministerio de Transporte y Comunicaciones la implementación de un cronograma de retiro vehicular. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Ordenanza sea publicada en el Diario Oficial y en el Portal Institucional de la Entidad, por lo que esta entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WILLIAM D. VALDIVIA DÁVILA Alcalde 1528180-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN
Aprueban el Mecanismo de Subvención Solidaria para Regular el Cobro de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo en el Distrito de Sayán, para el año Fiscal 2016 y 2017
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2017-MDS/A Sayán, 25 de mayo de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYÁN POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAYÁN VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Técnico Nº 003-2017-GATyR/MDS, de fecha 09 de mayo de 2017, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Legal Nº 0114-2017OAJ/MDS, de fecha 12 de mayo de 2017, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y el Dictamen Nº 06-2017-CRA/ MDS, con fecha de recepción 18 de mayo de 2017, de la Comisión de Rentas y Administración, respecto a la Aprobación de la Ordenanza que "Aprueba el Mecanismo de Subvención Solidaria para Regular el Cobro de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo en el Distrito de Sayán, para el año Fiscal 2016 y 2017"; y, CONSIDERANDO: Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que los

gobiernos locales mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ello dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley. Que, la Municipalidad Distrital de Sayán, mediante Ordenanza Municipal Nº 008-2012-MDS, aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el Ejercicio Fiscal 20013 y ratificado por la Municipalidad Provincial de Huaura mediante Acuerdo de Concejo Provincial, publicado en el Diario Oficial El Peruano en fecha 14 de Diciembre del 2012. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 002-2017-MDS/A publicada el 09 de Abril de 2017 en el diario oficial El Peruano, se efectúa la Prórroga de la Vigencia del Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, aprobado mediante la Ordenanza Nº 008-2012-MDS/A, para el Año Fiscal 2017. Que, mediante Informe Técnico Nº 003-2017-GATyR/ MDS, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, señala que la presente Ordenanza, tiene por objeto establecer un mecanismo de subvención solidaria que permita incrementar el cumplimiento del pago de los arbitrios municipales de manera voluntaria por parte de los contribuyentes, por los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del Ejercicio 2016 y 2017; con la finalidad de mitigar el impacto del incremento en la determinación de los arbitrios municipales correspondientes al Ejercicio 2016 y 2017, generados como consecuencia del aumento de los costos de los servicios, la Municipalidad Distrital de Sayán subvencionara únicamente a los predios de usos de casa habitación, de modo tal que el incremento de las tasas a fijar no supere en mas de S/. 90.00 Nuevos Soles durante los citados ejercicios. Que, con las deliberaciones correspondientes, de conformidad a lo dispuesto en los incisos 8) del Artículo 9º y 5) del Artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley 27972, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite a aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: "ORDENANZA QUE APRUEBA EL MECANISMO DE SUBVENCIÓN SOLIDARIA PARA REGULAR EL COBRO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO EN EL DISTRITO DE SAYÁN PARA EL AÑO FISCAL 2016 Y 2017" Artículo 1º.- APROBAR el Mecanismo de Subvención Solidaria para Regular el Cobro de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo en el Distrito de Sayán para los ejercicios fiscales 2016 y 2017", por el importe de S/. 90.00 Nuevos soles por cada ejercicio, únicamente a los predios de usos de casa habitación. Artículo 2º.- Déjese sin efecto y/o modifíquese las normas municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Sistemas e Informática; la ejecución de la presente ordenanza, en lo que le compete. Encárguese a Secretaria General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a Imagen Institucional la respectiva difusión de la presente ordenanza. Artículo 4º.- ENCOMENDAR a la Unidad de Informática y Sistemas, la publicación de la presente Ordenanza, en la página web de la institución Municipal (www.munisayan.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.perú.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FÉLIX VÍCTOR ESTEBAN AQUINO Alcalde 1527689-1

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