Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2017 (24/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de junio de 2017 /

El Peruano

Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 206-2017DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 14 de junio de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, de los Comandantes de la Policía Nacional del Perú Carlos Giovani Miranda Riega y Luis Antonio Loayza Miranda y del Mayor de la Policía Nacional del Perú Javier Teodoro Champac Cabezas, propuestos por la Dirección de Asuntos Internacionales, la Dirección de Criminalística y la Dirección de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, respectivamente, para que participen en la reunión antes citada, a realizarse en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz ­ Estado Plurinacional de Bolivia, del 25 al 28 de junio de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que la indicada reunión constituye una plataforma de trabajo binacional para agilizar y concretar la coordinación interinstitucional entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la República del Perú en materia de Lucha Contra el Contrabando, iniciando desde el intercambio de información hasta la articulación de iniciativas conjuntas para enfrentar dicho ilícito; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 3334-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/ DEPPRE, de fecha 13 de junio de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, que aprueba el reglamento de viajes del personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 0012009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y

Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de los Comandantes de la Policía Nacional del Perú Carlos Giovani Miranda Riega y Luis Antonio Loayza Miranda y del Mayor de la Policía Nacional del Perú Javier Teodoro Champac Cabezas, del 25 al 28 de junio de 2017, a la ciudad de Nuestra Señora de La Paz ­ Estado Plurinacional de Bolivia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Interior ­ Oficina General de Administración y Finanzas, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos Pasajes aéreos Importe US$ 370.00 496.00 Días Pers. Total US$ 2 X 3 = 2,220.00 X 3 = 1,488.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquier sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1536832-1

Autorizan viaje de funcionario de MIGRACIONES a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 625-2017-IN Lima, 23 de junio de 2017 VISTOS; el Oficio N° 054-2017-PRODUCE/GTM PERÚ ­ BOLIVIA, de fecha 25 de mayo de 2017, de la Presidencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de la Delegación Nacional del Perú de la Comisión Bilateral Perú ­ Bolivia, el Memorándum N° 012-2017-MIGRACIONES, de fecha 16 junio de 2017, de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, el Informe N° 000983-2017/IN/OGAJ, de fecha 22 de junio de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 054-2017-PRODUCE/ GTM PERÚ ­ BOLIVIA, de fecha 25 de mayo de 2017, la Presidencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de la Delegación Nacional del Perú de la Comisión Bilateral

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