Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2017 (24/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Sábado 24 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Perú ­ Bolivia solicita a la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES designar a un representante de dicha Superintendencia, a fin que asista a la "VIII Reunión de la Comisión Bilateral Peruano ­ Boliviana de Lucha Contra el Contrabando", a realizarse del 26 al 27 de junio de 2017, en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz ­ Estado Plurinacional de Bolivia; Que, con Memorándum N° 012-2017-MIGRACIONES, de fecha 16 junio de 2017, el Superintendente Nacional de Migraciones estima oportuno y conveniente designar al señor Luis Fernando Moreno Berrios, Gerente de Política Migratoria de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, a fin que participe en la reunión indicada en el considerando precedente; Que, mediante Informe N° 000227-2017-AJMIGRACIONES, de fecha 20 de junio de 2017, la Dirección General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, del señor Luis Fernando Moreno Berrios, Gerente de Política Migratoria de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, para que participe en la reunión antes señalada, a realizarse en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz ­ Estado Plurinacional de Bolivia, del 25 al 28 de junio de 2017, toda vez que la indicada reunión constituye una plataforma de trabajo binacional para agilizar y concretar la coordinación interinstitucional entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la República del Perú en materia de Lucha Contra el Contrabando, iniciando desde el intercambio de información hasta la articulación de iniciativas conjuntas para enfrentar dicho ilícito; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado comisionado en la reunión antes indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluida la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del Pliego 073, Superintendencia Nacional de Migraciones, conforme lo precisa el Memorando N° 000324-2017-PPMIGRACIONES, de fecha 19 de junio de 2017, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano";

Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN y su modificatoria por Decreto Supremo N° 008-2014-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Luis Fernando Moreno Berrios, Gerente de Política Migratoria de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del 25 al 28 de junio de 2017, a la ciudad de Nuestra Señora de La Paz ­ Estado Plurinacional de Bolivia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del Pliego 073, Superintendencia Nacional de Migraciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos Pasajes aéreos Importe Días Pers. Total US$ US$ 370.00 3 X 1 = US$ 1,100.00 US$ 300.84 X 1 = US$ 300.84

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el comisionado a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1536832-2

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procuradora Ministerio del Interior Pública del

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 115-2017-JUS Lima, 23 de junio de 2017 VISTOS, el Oficio Nº 299-2017-JUS/CDJE, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado;

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