Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2017 (02/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Jueves 2 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante los Informes N°s. 0001 y 0002-2017-VIVIENDA/GA-MPF, ambos de fecha 07 de febrero de 2017, el señor Manuel Pablo Fernandini Capurro, señala que en el marco de la revisión de la Política de Vivienda, que busca impulsar de manera decidida el mercado de la vivienda social, considera necesario diseñar un nuevo producto de cobertura de riesgo crediticio, con el cual, se busca el acceso al crédito hipotecario al 70% de las familias peruanas, que al tener ingresos de fuentes informales, no son sujetos de crédito para las instituciones financieras, asimismo precisa que se busca incentivar que los Fondos de Inversión compren cartera hipotecaria a las instituciones microfinancieras, permitiendo con ello, seguir originando nuevos créditos hipotecarios; Que, asimismo indica que el vecino país de Chile, cuenta con un producto similar desde hace cinco (05) años, el mismo que tiene un marcado éxito, siendo administrado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo de dicho país, razón por la cual, propone se realice un viaje a la ciudad de Santiago, República de Chile, con la finalidad de conocer directamente dicha experiencia; Que, con Memorándum N° 039-2017-VIVIENDA/ VMVU, el Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo, señala que se viene impulsando el mercado de vivienda social, siendo necesario para ello, el diseño de nuevos productos que permitan ampliar la cobertura de atención a la población y por tanto ir reduciendo las brechas del déficit habitacional, para lo cual, es preciso conocer el funcionamiento de fondos de inversión que compren la cartera hipotecaria a las instituciones microfinancieras, como un medio para dinamizar el accionar de éstas en el otorgamiento de créditos hipotecarios, razón por la que, considera pertinente, se realice el viaje a la República de Chile; Que, con Memorándum N° 079-2017-VIVIENDA/VMVU, el Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo precisa que durante el viaje a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 06 al 08 de marzo de 2017, para el caso de la Viceministra de Vivienda y Urbanismo y del 06 al 10 de marzo de 2017, para el caso del señor Manuel Pablo Fernandini Capurro; se llevarán a cabo diversas reuniones con funcionarios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo del citado país, así como con generadores y administradores de créditos hipotecarios y canales de cobranza, con representantes de la Cámara de la Construcción de Chile y efectuaran visitas a proyectos habitacionales, conforme se desprende de la agenda programada para el citado viaje, lo que contribuirá al conocimiento in situ de la experiencia de dicho país relacionada con el producto "cobertura del riesgo crediticio", siendo ello de interés institucional; Que, con Memorándum N° 348-2017/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que de acuerdo al presupuesto aprobado para el presente Año Fiscal, se cuenta con disponibilidad presupuestal para el mencionado viaje, asimismo, se cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestario N° 1834 y N° 1840, correspondiente a los gastos por concepto de pasajes y viáticos de los comisionados; Que, el numeral 1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que durante el Año Fiscal 2017, lo viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en tarifa económica. Asimismo, que la autorización para viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior de dicho personal, precisando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002PCM, establece, entre otros, que las autorizaciones de viajes de los servidores y funcionarios de los Ministerios

y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes se otorgarán por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la señora Carmen Cecilia Lecaros Vértiz, Viceministra de Vivienda y Urbanismo, del 06 al 08 de marzo de 2017 y del señor Manuel Pablo Fernandini Capurro, Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, del 06 al 10 de marzo de 2017, a la ciudad de Santiago, República de Chile, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Santiago, República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, de las personas que a continuación se detallan: - CARMEN CECILIA LECAROS VÉRTIZ, Viceministra de Vivienda y Urbanismo, del 06 al 08 de marzo de 2017. - MANUEL PABLO FERNANDINI CAPURRO, Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, del 06 al 10 de marzo de 2017. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al Presupuesto Institucional 2017 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasaje aéreo (Incluido TUUA) S/ 4,143.30 Viáticos por día US$ 370,00 T.C. del 24/02/17 S/ 3.252 S/ 3,609.72 (02 días + 01 día de instalación) S/ 6,016.2 (04 días + 01 día de instalación)

Nombres y apellidos Carmen Cecilia Lecaros Vértiz Manuel Pablo Fernandini Capurro

TOTAL S/

7,753.02

4,143.30

10,159.5

Artículo 3.- Encargar el Despacho de la Viceministra de Vivienda y Urbanismo al señor Ruperto Andrés Taboada Delgado, Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a partir del 06 de marzo de 2017, en adición a sus funciones y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados profesionales deberán presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1491861-1

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