Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2017 (02/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Jueves 2 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban el Plan Operativo Informático - POI 2017 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 037-2017-TR Lima, 28 de febrero de 2017 VISTOS: El Oficio N° 079-2017-MTPE/4/13 del Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Memorándum Nº 188-2017-MTPE/4/9 del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el Informe Nº 274-2017MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y contribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno, descentralizado y con mayor participación del ciudadano; Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, consagra el principio de servicio al ciudadano, asegurando que las actividades de las entidades del Poder Ejecutivo se realizarán con eficacia, eficiencia, simplicidad de la gestión, inclusión y equidad, así como la participación y transparencia de manera que los ciudadanos tengan acceso a la información; Que, con Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública que tiene entre sus ejes transversales al Gobierno Electrónico, que se refiere al uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en los órganos de la administración pública para mejorar la información y los servicios ofrecidos a los ciudadanos, orientar la eficacia y eficiencia de la gestión pública e incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación de los ciudadanos; de esa manera, es una herramienta fundamental para la modernización de la gestión pública, en tanto complementa y acompaña la gestión por procesos, apoya el seguimiento y la evaluación, y permite impulsar el gobierno abierto; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 081- 2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Gobierno Electrónico 2013-2017 que permitirá el desarrollo y despliegue del Gobierno Electrónico en el Perú, y considera como un hito importante en la etapa de Reestructuración y Continuidad de las Políticas de Gobierno Electrónico a la reglamentación de la "Guía para la elaboración y formulación del Plan Operativo Informático en las entidades de la Administración Pública"; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, se crea el Sistema Nacional de Informática cuyo ámbito de competencia son los mecanismos técnicos para el ordenamiento de los recursos de cómputo y de la actividad informática del Estado, y toda la documentación asociada; la operación y explotación de los bancos de datos y archivos magnéticos de información al servicio de la gestión pública; el desarrollo de planeación sistemática de procesos, métodos y técnicas, apoyadas en ciencia y técnica aplicada, que se establecen con el fin de usar, procesar y transportar información; dicho sistema está integrado, entre otros, por las Oficinas de Estadística e Informática de los Ministerios, encargadas de la producción y del servicio estadístico e informático, así como de coordinar,

planear y supervisar las actividades que realizan los demás órganos estadísticos e informáticos de su sector; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 19-2011PCM, se aprueba como actividad permanente la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las entidades de la administración pública, y su respectiva Guía que establece procedimientos y lineamientos técnicos para la formulación anual del Plan Informático, un instrumento de gestión de corto plazo que permite definir las actividades informáticas de las entidades de la administración pública integrantes del Sistema Nacional de Informática en sus diferentes niveles; Que, mediante documentos de vistos, la Oficina General de Estadística y Tecnología de la Información y Comunicaciones, propone para su aprobación el Plan Operativo Informático - POI 2017 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, elaborado en el marco de las disposiciones establecidas en la Guía aprobada por Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM, y cuenta con la opinión técnica favorable de la Oficina de Planeamiento e Inversiones y de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con lo establecido en el inciso e) articulo 28, e inciso d) del artículo 29, respectivamente, del Reglamento de organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR;. Que, por lo expuesto resulta pertinente aprobar el Plan Operativo Informático - POI 2017 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para los fines correspondientes; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Viceministro de Trabajo, del Secretario General, de los Jefes de las Oficinas Generales de Estadística y Tecnología de la Información y Comunicaciones, de Planeamiento y Presupuesto, de Asesoría Jurídica, y de los Responsables del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú"; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y la Resolución Ministerial Nº 192011-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el PLAN OPERATIVO INFORMATICO ­ POI 2017 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- La Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones dirigirá sus esfuerzos para el logro de las metas previstas en el Plan Operativo Informático - POI 2017, siendo responsable del seguimiento y evaluación permanente del cumplimiento de los objetivos y metas consideradas en la programación del plan, informándose de sus resultados al titular del sector. Artículo 3.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) el Plan Operativo Informático - POI 2017 para los fines correspondientes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y el anexo a que hace referencia el artículo 1º en la página web del Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www.trabajo.gob.pe y en la página web del Portal del Estado Peruano www.peru. gob.pe en la misma fecha en que se publique la presente resolución, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1492017-1

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