Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2017 (15/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 15 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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convocadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) relacionadas con la Medida Cautelar MC 271-05 Comunidad de La Oroya y otros y el Caso Nº 12.191 María Mamérita Mestanza Chávez, el 17 de marzo de 2017; Que, mediante el documento del Visto, la Procuraduría Pública Especializada Supranacional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita se gestionen las acciones pertinentes para que representantes del Ministerio de Salud asistan a las citadas reuniones de trabajo; Que, la participación de representantes del Ministerio de Salud en las citadas reuniones de trabajo es requerida con el propósito que se informe sobre las gestiones, acciones y coordinaciones necesarias que en el marco de las competencias del Sector se hayan efectuado y las que próximamente se realizarán a fin de implementar la Medida Cautelar MC 271-05; así como se informe sobre el cumplimiento del Acuerdo de Solución Amistosa suscrito en el marco del Caso Nº 12.191 María Mamérita Mestanza Chávez, en lo que concierne a los compromisos vinculados al Sector Salud; Que, a fin de participar en el referido evento, se ha dispuesto autorizar el viaje de la médico cirujano Silvia Ester Pessah Eljay, Viceministra de Salud Pública, y de la abogada Jazmín Gianina Monrroy Polanco, profesional de la Procuraduría Pública del Ministerio de Salud; Que, con Memorando Nº 677-2017-OGA/MINSA, la Oficina General de Administración informa que el viaje de las profesionales señaladas en el considerando precedente, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Pliego 011: Ministerio de Salud, para pasajes en tarifa económica, así como viáticos, incluido gastos de instalación; Que, mediante Informe Nº 032-2017-EGC-ODRHOGRH/MINSA, la Oficina General de Recursos Humanos, emite opinión favorable respecto de la autorización de viaje de las referidas profesionales, señalando que se enmarca dentro de las normas que regulan la materia; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; asimismo establece que la autorización para viajes al exterior de las personas se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el cuarto párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatorias, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución; Que, el artículo 82 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado, sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva compatibles con niveles de carrera superiores al servidor. En ningún caso debe exceder el período presupuestal; Que, en ese sentido, corresponde autorizar el viaje de la Viceministra de Salud Pública y de la abogada de la Procuraduría Pública, en razón que su participación en las reuniones de trabajo convocadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos resulta de interés institucional; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina de Administración, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias;

el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar en comisión de servicios, el viaje de la médico cirujano Silvia Ester Pessah Eljay, Viceministra de Salud Pública y de la servidora Jazmín Gianina Monrroy Polanco, abogada de la Procuraduría Pública del Ministerio de Salud, a la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América, del 16 al 18 de marzo de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de las citadas profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Pliego 011: Ministerio de Salud, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle:
· Pasaje para 2 personas (incluido TUUA) : US$ 4,251.48 · Viáticos por 2 días para 2 personas (c/persona US$ 880.00, incluido gastos de instalación) : US$ 1,760.00 Total : US$ 6,011.48

Artículo 3.- Disponer que la funcionaria y servidora antes citadas, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Recursos Humanos, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en las reuniones de trabajo a las que acudirán, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- Encargar a partir del 16 de marzo de 2017, las funciones de Viceministro de Salud Pública del Ministerio de Salud, al economista Pablo Augusto Lavado Padilla, Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, en adición a sus funciones y en tanto dure la ausencia de la titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1497137-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan Gerente de la Unidad Gerencial de Administración del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 010-2017-MTPE/3 Lima, 14 de marzo de 2017 VISTOS: El Proveído N° 1265-2017-MTPE/3 del Viceministerio de Promoción del Empleo, el Oficio N° 2242017-MTPE/3/24.3/CE de la Coordinadora Ejecutiva del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" y el Informe N° 316-2017MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 003-2015TR, que modifica la denominación del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos

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