Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2017 (15/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Miércoles 15 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1268, en adelante Ley, se regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2017-IN, en adelante el Reglamento, establece las normas y procedimientos administrativos regulados en el mencionado Decreto Legislativo; Que, el artículo 42º de la Ley, establece que el Tribunal de Disciplina Policial tiene su sede en Lima y podrá contar con Salas Descentralizadas a nivel nacional; compuestas por tres (3) vocales, que son designados por Resolución Ministerial por un periodo de dos (2) años, y cuya función es a tiempo completo, asimismo el artículo 47º del Reglamento señala que los vocales son designados a propuesta del Presidente del Tribunal de Disciplina Policial; Que, mediante el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 138-2017-IN, de fecha 13 de marzo de 2017, se designa al Presidente del Tribunal de Disciplina Policial y a través del artículo 2º se conforma el Tribunal de Disciplina Policial, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la Ley y el Reglamento, con la siguiente estructura: i) Primera Sala del Tribunal de Disciplina Policial y una Secretaría Técnica; ii) Segunda Sala del Tribunal de Disciplina Policial y una Secretaría Técnica y iii) Tercera Sala del Tribunal de Disciplina Policial y una Secretaría Técnica; Que, en aplicación de lo establecido en el literal f. del Reglamento, el Presidente del Tribunal de Disciplina Policial propone a los integrantes de las Salas que conforman el Tribunal, teniendo en cuenta los requisitos establecidos en el artículo 45º de la Ley, siendo responsable de la evaluación permanente de los miembros del Tribunal; Que, asimismo el literal g. del Reglamento señala como una función del Presidente del Tribunal de Disciplina Policial, conformar mediante Resolución de Presidencia las Salas del Tribunal, así como designar al vocal que la presidirá; Que, conforme al documento de visto, el Presidente del Tribunal de Disciplina Policial propone la designación de nueve (09) profesionales como vocales de las Salas del Tribunal, los mismos que según se aprecia de la conformidad expedida por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 45º del Decreto Legislativo Nº 1268; Que, por lo expuesto, resulta necesario emitir el acto administrativo por el cual se designa a los vocales de las Salas del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Decreto Legislativo Nº 1268 que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, el Decreto Supremo Nº 005-2017-IN, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1268, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional y el Decreto Supremo Nº 004-2017-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como vocales del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior, a los abogados siguientes: - BRAVO OVIEDO, Elizabeth Rocío - GARCÉS TRELLES, Kenneth Eduard - LUNA CERVANTES, Eduardo Javier - PATIÑO ALIAGA, Gustavo - PRADO MONGE, Rebeca Alexandra - QUINTANA PORTAL, Juan Leonardo - RODRÍGUEZ BUITRÓN, Víctor Manuel - SOTOMAYOR JAÚREGUI, Nancy Patricia - VALVERDE GONZÁLES, Manuel Enrique Artículo 2º.- Disponer que el Presidente del Tribunal de Disciplina Policial asigne a los Presidentes y vocales

que integrarán las Salas del Tribunal de Disciplina Policial, considerando lo resuelto en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Poner en conocimiento de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos el contenido de la presente resolución, para los fines pertinentes. Artículo 4º.- Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional y de Transparencia del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1497138-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan Asesora II del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 018-2017-CONADIS/PRE 7 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad; estando constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y financiera; constituyendo un pliego presupuestario; Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha ley, se efectuará mediante Resolución del Titular de la entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, la última Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, establece, sobre contratación de personal directivo que, el personal establecido en los numerales 1), 2) e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Confianza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo; este personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal ­ CAP; Que, el artículo 74 del Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, establece que la estructura orgánica del CONADIS está conformada por el Consejo Nacional, la Presidencia, la Secretaría General y demás órganos que establezca su Reglamento de Organización y Funciones; el mismo que fue aprobado por Decreto Supremo N° 002-2016-MIMP; Que, mediante Resolución Ministerial N° 305-2016MIMP, de fecha 14 de noviembre de 2016, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con

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