Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2017 (17/05/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 17 de mayo de 2017 /

El Peruano

Intermediación, aprobado por Resolución SMV N° 0342015-SMV/01. Artículo 2°.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 3°.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de diez (10) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4°.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía la Oficina de Trámite Documento de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en la Avenida Santa Cruz 315, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: ProyModRAI2@smv.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1520565-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 120-2017/SUNAT Lima, 12 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante correo electrónico de fecha 24 de marzo de 2017, el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT para participar en el Seminario sobre Facilitación del Comercio, que se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 23 al 25 de mayo de 2017; Que el citado evento abordará temas relacionados con el Acuerdo de Facilitación del Comercio de la Organización Mundial de Comercio ­ OMC como el sistema sancionador, los procedimientos aduaneros, las resoluciones anticipadas, la gestión de riesgo, los controles no intrusivos, además de conocer la forma en que los países tienen implementados estos procesos; Que el Acuerdo de Facilitación de Comercio entró en vigencia el 23 de febrero de 2017, luego que se alcanzara la ratificación mínima de las dos terceras partes de los miembros de la OMC (110 de 164); este Acuerdo tiene como objetivo agilizar el movimiento, levante y despacho de mercancías, incluidas aquellas en tránsito, fomentar la cooperación entre entidades de control en frontera y simplificar los procedimientos administrativos vinculados al comercio exterior, razón por la cual reviste especial importancia para nuestro país; Que la SUNAT viene trabajando para la plena implementación de las disposiciones contenidas en el Acuerdo de Facilitación de Comercio, por lo que resulta importante fortalecer las capacidades de sus cuadros técnicos y tomar conocimiento de las mejores prácticas, así como compartir las nuestras; Que la participación de la SUNAT en el citado evento se enmarca dentro del objetivo estratégico institucional de mejorar el cumplimiento tributario y aduanero y la acción estratégica institucional de mejora del proceso de despacho aduanero, lo que a su vez se encuentra

alineado con la política del Estado de lograr el incremento de la competitividad; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, mediante el Informe N° 46-2017-SUNAT/390000 de fecha 2 de mayo de 2017, emitido por la Intendencia de Gestión y Control Aduanero, se sustenta la designación de los trabajadores Javier Augusto Cebrián Loyola, Jefe (e) de la División de Técnica Aduanera de la Intendencia de Aduana de Tumbes, y Evelyn Elena Roque Hinostroza, Jefe (e) de la Sección de Regímenes Definitivos de la Intendencia de Aduana de Tacna; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que, en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores Javier Augusto Cebrián Loyola y Evelyn Elena Roque Hinostroza del 22 al 26 de mayo de 2017, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), en tanto que los gastos por alojamiento y manutención serán asumidos por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo ­ AECID, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los trabajadores Javier Augusto Cebrián Loyola, Jefe (e) de la División de Técnica Aduanera de la Intendencia de Aduana de Tumbes, y Evelyn Elena Roque Hinostroza, Jefe (e) de la Sección de Regímenes Definitivos de la Intendencia de Aduana de Tacna, del 22 al 26 de mayo de 2017, para participar en el Seminario sobre Facilitación del Comercio, que se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 23 al 25 de mayo de 2017. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2017 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Javier Augusto Cebrián Loyola Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto ­ TUUA) Señorita Evelyn Elena Roque Hinostroza Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto ­ TUUA) US $ 504.20 US $ 504.20

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