Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2017 (17/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Miércoles 17 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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mediante la cual propone la aprobación de los Planes Anuales de Control 2017 de seis (06) Órganos de Control Institucional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución de este Organismo Superior de Control aprobar los planes anuales de control de las entidades; Que, el literal b) del artículo 32º de la Ley Nº 27785, establece como facultad del Contralor General de la República, planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General y de los órganos del Sistema; asimismo, el literal c) lo faculta a dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y flexibilidad; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 4572016-CG de 27 de octubre de 2016 se aprobaron, entre otros, los "Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: Período 2017-2019" y la Directiva Nº 0182016-CG/PLAN "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Anual de Control 2017 de los Órganos de Control Institucional", la cual regula el proceso de programación, monitoreo y evaluación del Plan Anual de Control a cargo de los Órganos de Control Institucional de las entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control; Que, conforme a lo dispuesto en los numerales 7.2.2 y 7.2.3 de la Directiva Nº 018-2016-CG/PLAN, la unidad orgánica revisará y validará en el Sistema de Control Gubernamental Web los proyectos de Plan Anual de Control, los que de ser conformes, serán revisados selectivamente y consolidados; efectuándose posteriormente, el trámite de aprobación correspondiente; Que, mediante las Resoluciones de Contraloría Nºs 490-2016-CG, 492-2016-CG, 007-2017-CG, 0162017-CG, 027-2017-CG y 163-2017-CG de 21 y 29 de diciembre 2016, 23 de enero, 03 de febrero, 08 de marzo y 18 de abril de 2017, respectivamente, se aprobaron los Planes Anuales de Control 2017 de setecientos setenta y tres (773) Órganos de Control Institucional; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 1762017-CG de 05 de mayo de 2017 se aprobó el Plan Nacional de Control 2017, conformado por los servicios de control a ser efectuados en el presente año por los Órganos del Sistema Nacional de Control; Que, mediante el documento de visto, la Gerencia Central de Desarrollo Estratégico recomienda la aprobación de los Planes Anuales de Control 2017 de los Órganos de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Casma, de la Dirección Regional de Educación de Ica, de la Dirección Regional de Salud Huancavelica, de la Municipalidad Distrital de Torata, de la Unidad de Gestión Educativa Local Calca y de la Unidad de Gestión Educativa Local Casma, los cuales han sido revisados y cuentan con la conformidad de las Contralorías Regionales de Chimbote, Ica, Huancavelica, Moquegua y Cusco, así como del Departamento de Planeamiento, correspondiendo proceder a la aprobación respectiva; En uso de las facultades conferidas por el literal h) del artículo 22º y los literales b) y c) del artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los Planes Anuales de Control 2017 de los Órganos de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Casma, de la Dirección Regional de Educación de Ica, de la Dirección Regional de Salud Huancavelica, de la Municipalidad Distrital de Torata, de la Unidad de Gestión Educativa Local Calca y de la Unidad de Gestión Educativa Local Casma, entidades que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control.

Artículo Segundo.- Incorpórese en el Plan Nacional de Control 2017, los servicios de control de los Planes Anuales de Control aprobados mediante la presente Resolución. Artículo Tercero.- Las Contralorías Regionales de Chimbote, Ica, Huancavelica, Moquegua y Cusco, bajo cuyo ámbito de control se encuentran los Órganos de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Casma, de la Dirección Regional de Educación de Ica, de la Dirección Regional de Salud Huancavelica, de la Municipalidad Distrital de Torata, de la Unidad de Gestión Educativa Local Calca y de la Unidad de Gestión Educativa Local Casma, se encargarán de supervisar la ejecución de los Planes Anuales de Control 2017 aprobados. Artículo Cuarto.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR ALARCÓN TEJADA Contralor General de la República 1521156-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban expedición de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1061 Lima, 8 de julio de 2016 Visto el Oficio N° 505-2016/VA-UNI de fecha 27 de junio del 2016, presentado por el Despacho del Vicerrector Académico de la Universidad Nacional de Ingeniería, con el STDUNI N° 62657-2016; CONSIDERANDO: Que, el señor Carlos Alfonso Prado Andrade, identificado con DNI Nº 06854737, egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Higiene y Seguridad Industrial; por pérdida de dicho diploma, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modificada por Resolución Rectoral N° 1685 de fecha 08 de noviembre del 2013; Que, el Jefe de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 371-2016-UNI/SG/GyT de fecha 20.06.2016, precisa que el diploma del señor Carlos Alfonso Prado Andrade, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 08, página 126, con el número de registro 23640-B; Que, estando a lo informado por el Presidente de la Comisión Académica del Consejo Universitario, que en su Sesión Nº 27-2016 de fecha 21 de junio del 2016, la Comisión luego de la revisión y verificación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Higiene y Seguridad Industrial al señor Carlos Alfonso Prado Andrade; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Extraordinaria Nº 10 de fecha 28 de junio del 2016 y de conformidad con las atribuciones conferidas

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