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11 NORMAS LEGALES Viernes 3 de noviembre de 2017 El Peruano / personería jurídica de derecho público, estableciendo entre sus funciones, la de conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 119- 2013-MC, modi fi cada mediante Resolución Ministerial N° 155-2015-MC, se instituyó el Concurso Anual denominado “Premio Nacional de Cultura”, que tiene como objetivo reconocer a los más destacados creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país, y que constituyan un punto de referencia para las nuevas generaciones y fuente permanente de inspiración en innovación, creatividad, constancia, forja del talento y desarrollo de potencialidades humanas; Que, por Resolución Directoral N° 152-2017-DGIA- VMPCIC/MC de fecha 25 de abril de 2017, se aprobaron las Bases del “Premio Nacional de Cultura” – edición 2017, modi fi cadas por Resolución Directoral N° 000425- 2017/DGIA/VMPCIC/MC de fecha 22 de setiembre de 2017; Que, mediante Resolución Ministerial N° 357- 2017-MC, se designó al Jurado Cali fi cador en sus tres categorías: Trayectoria, Creatividad y Buenas Prácticas Institucionales; el cual de conformidad a lo establecido en el rubro VIII de las mencionadas Bases, es el encargado de efectuar la evaluación de las postulaciones según los criterios establecidos en las Bases y determinar a los ganadores que correspondan, siendo su decisión inapelable; Que, el numeral 5 de las referidas Bases establece que en virtud al Acta Final del Jurado, se emite la Resolución Ministerial que declara a los ganadores del Concurso, la cual es noti fi cada conforme lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, y publicada en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal web del Ministerio de Cultura; Que, de conformidad con el numeral 78.15 del artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes supervisar el debido cumplimiento de los procesos de concurso que se realicen y, en general, del cumplimiento de las normas relativas al ámbito de su competencia; Que, a través del Informe N° 000400-2017/DGIA/ VMPCIC/MC de Visto, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes da cuenta al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la labor realizada por el Jurado Cali fi cador en sus tres categorías, adjuntándose las Actas emitidas por los mismos, las cuales forman parte del expediente que da mérito a la presente resolución, donde se sustenta su decisión y determinan la declaración de ganadores; Que, corresponde declarar a los ganadores del Concurso Anual denominado “Premio Nacional de Cultura” - Edición 2017 conforme a lo establecido en las Actas Finales del Jurado Cali fi cador en las categorías Trayectoria, Creatividad y Buenas Prácticas Institucionales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Resolución Ministerial N° 119-2013-MC, que instituyó el “Premio Nacional de Cultura” y su modificatoria; la Resolución Ministerial N° 357-2017-MC que designó al Jurado Calificador del citado Concurso; y la Resolución Directoral N° 152-2017-DGIA-VMPCIC/MC que aprobó las Bases del “Premio Nacional de Cultura” - Edición 2017 y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar como ganadores del Concurso “Premio Nacional de Cultura” - Edición 2017, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, en atención a lo establecido en las Bases del Concurso y conforme al contenido de las Actas de los Jurados Cali fi cadores de las tres categorías, a:GANADOR CATEGORÍA SUSANA ESTHER BACA DE LA COLINA TRAYECTORIA OSCAR RICARDO NATERS BURGER CREATIVIDAD ASOCIACIÓN MUSEO DE ARTE DE LIMABUENAS PRÁCTICAS INSTITUCIONALES Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, para que proceda con el trámite que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO CARLOS OLAECHEA ÁLVAREZ CALDERÓN Ministro de la ProducciónEncargado del Despacho del Ministerio de Cultura 1582849-1 Disponen el ingreso libre al Museo Tumbas Reales de Sipán el día 8 de noviembre de 2017 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 428-2017-MC Lima, 2 de noviembre de 2017VISTOS, el Memorando N° 385-2017-D-MTRS-PENL- VMPCIC/MC del Director del Museo Tumbas Reales de Sipán; los Informes N° 228-2017-DE-UE005-PENL-VMPCIC/MC y N° 244-2017-DE-UE005-PENL-VMPCIC/MC de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp – Lambayeque; y el Informe N° 000320-2017/DGM/VMPCIC/MC de la Dirección General de Museos; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al Patrimonio Cultural de la Nación, Material e Inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, en atención a lo dispuesto en el literal e) del artículo 7 de la Ley antes citada, el Ministerio de Cultura tiene como función exclusiva, respecto a otros niveles de gobierno, propiciar la participación de la población, las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades en la gestión de protección, conservación y promoción de las expresiones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, de acuerdo con el numeral 3.13 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde al Ministerio de Cultura fomentar y promover las artes, las expresiones y creaciones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, promoviendo el acceso a estas manifestaciones culturales, las iniciativas privadas y propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 010- 2017-MC de fecha 6 de enero de 2017, se aprobó el Tarifario de los servicios brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2017, el cual entre otros, contiene los valores del boletaje y requisitos de ingreso a los Museos a nivel nacional; Que, el artículo 34 de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, establece que con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes