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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017 (23/11/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Jueves 23 de noviembre de 2017 El Peruano / Disponen la publicación de proyecto de Reglamento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas, en el portal web de la ANA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 289-2017-ANA Lima, 22 de noviembre de 2017VISTO:El Memorando N°1848-2017-ANA-DGCRH, de fecha 17 de noviembre de 2017, de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 15° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece como función de la Autoridad Nacional del Agua, dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos, desarrollando entre otras, acciones de administración, fi scalización, control y vigilancia, para asegurar la preservación y conservación de las fuentes naturales de agua, de los bienes naturales asociados, y de la infraestructura hidráulica de la misma; Que, mediante la Resolución Jefatural N° 224-2013- ANA, se aprobó el Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas, la cual fue modi fi cada a través de la Resolución Jefatural N°145-2016-ANA; Que, en el marco de la simpli fi cación administrativa que viene realizando el Estado, se expidió la Ley N°30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible, la cual dispone en su artículo 10° que los títulos habilitantes de autorización para vertimiento y reúso de aguas residuales industriales, municipales y domésticas tratadas, se integran a la Certi fi cación Ambiental Global, hoy denominada IntegrAmbiente. Asimismo, en su Segunda Disposición Complementaria Transitoria se precisa que la Autoridad Nacional del Agua, entre otras entidades, debe actualizar y adecuar sus normas reglamentarias y procedimientos administrativos; Que, asimismo, se han suscitado diversos cambios normativos, expidiéndose el Decreto Legislativo N°1285, que modi fi ca el artículo 79° de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos, referente a los requisitos para la autorización de vertimiento; y el Decreto Supremo N°006-2017-AG, que modi fi ca el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N°001-2010-AG; Que, en aras de mantener la coherencia del sistema legal, la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos ha propuesto un nuevo “Reglamento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas”, con la fi nalidad de adecuar normativamente los procedimientos de autorización de vertimiento y reuso de aguas residuales tratados a los cambios precitados; Que, sobre la prepublicación del documento propuesto, en aplicación del artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, y del Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales deberán ser puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; Que, una vez consolidado los aportes y comentarios presentados, y en aplicación del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 1310, y el Decreto Supremo N° 075-2017-PCM, que dispone que para el caso de proyectos de disposiciones normativas las entidades del Poder Ejecutivo deberán realizar el análisis de calidad regulatoria, corresponde encargar al Equipo Técnico designado mediante Resolución de Secretaría de General N° 041-2017-ANA-SG, que realice la evaluación del presente proyecto normativo, a fi n de remitirlo a la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria de la Presidencia del Consejo de Ministros para su validación; Que, estando a lo anterior, y con los vistos de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos, y de la Secretaría General, y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y de la propuesta del proyecto de Reglamento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob.pe), por quince (15) días hábiles, a fi n que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias a la siguiente dirección electrónica: bbocchio@ana.gob.pe Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos la recepción y análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten al proyecto de norma señalado en el artículo precedente. Artículo 3°.- Encargar al Equipo Técnico designado mediante Resolución de Secretaría de General N° 041-2017-ANA-SG, que una vez recopilados y consolidados los aportes, realice el procedimiento de análisis de calidad regulatoria del proyecto de norma. Regístrese, comuníquese y publíquese.ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA JefeAutoridad Nacional del Agua 1589271-1 Prorrogan reserva de recursos hídricos a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, para el “Proyecto Regulación de las aguas del río Chonta mediante la presa Chonta” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 290-2017-ANA Lima, 22 de noviembre de 2017VISTA:La carta s/n presentada por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cajamarca; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 5 del artículo 15 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece como función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación; Que, el inciso 208.1 del artículo 208 del Reglamento de la Ley N°29338, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG, establece que la reserva de recursos hídricos se otorga por un período de dos años prorrogables, mientras subsistan las causas que la motivan; Que, mediante Ley N° 29216, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 23 de abril del 2008, se declaró de interés y necesidad pública la construcción de la Presa Chonta en el departamento de Cajamarca; Que, por Resolución Jefatural N° 0361-2009-ANA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 02 de julio del 2009, se otorgó a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, la reserva de recursos hídricos que provienen de la cuenca del río Chonta, para el desarrollo del “Proyecto Regulación de las aguas del río Chonta mediante la presa Chonta”,