Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2017 (23/11/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 23 de noviembre de 2017 /

El Peruano

en zonas en situación de pobreza y pobreza extrema; disponiéndose que el mismo posee dos modalidades de intervención: i) Cuidado diurno y, ii) Acompañamiento a familias; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2017-MIDIS se modificó el Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS, ampliando la vigencia del citado Programa Nacional hasta el 31 de diciembre de 2017, disponiéndose que dentro de dicho plazo y previa evaluación de impacto, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social propondrá, de ser el caso, su formulación como política pública a través de su institucionalización, o las medidas y/o modificaciones normativas necesarias para asegurar la ejecución y sostenibilidad del Programa por un plazo de cinco (5) años adicionales; Que, mediante Informe Nº 205-2017-MIDIS/PNCM/ DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más remite al Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Informe N° 228-2017-MIDIS/ PNCM/UPP, emitido por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de dicho Programa Nacional Cuna Más, en el cual se aprecia que la evidencia resultante de la Evaluación de Impacto efectuada al Programa Nacional Cuna Más, demuestra que la intervención del mencionado Programa Nacional, a través de sus servicios de cuidado diurno y acompañamiento a familias, tiene un impacto positivo en el desarrollo de las niñas y niños usuarios; evidenciándose, además, que los referidos servicios son valorados positivamente por sus usuarios, tanto en su valoración general, como servicio, y asimismo en lo que respecta a la confianza que generan estos en las familias; Que, luego de haberse realizado la evaluación de impacto del citado Programa Nacional Cuna Más, se concluye que para sustentar y proponer su formulación como política pública, se requiere de la ejecución de acciones de mejora que permitan implementar las recomendaciones planteadas en dicha evaluación de impacto y fortalecer el modelo de gestión desarrollado; Que, la ejecución de las acciones antes mencionadas no debe impedir el cumplimiento de los objetivos del Programa Nacional Cuna Más ni interrumpir la atención integral a las niñas y niños, ni la vulneración de sus derechos de alcanzar un desarrollo óptimo de sus habilidades, por lo que resulta necesario ampliar su periodo de vigencia, dentro del cual corresponde al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social proponer la formulación del Programa Nacional Cuna Más como política pública a través de su institucionalización; Que, contándose con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Modificación del Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS Modifícase el artículo 1 del Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS, en los siguientes términos: "Artículo 1.- Creación del Programa Nacional Cuna Más Créase el Programa Nacional Cuna Más como programa social focalizado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar atención integral a niñas y niños menores de 36 meses de edad en zonas en situación de pobreza y pobreza extrema. El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Programa Nacional Cuna Más, promueve la intervención articulada de sectores y niveles de gobierno, organismos y programas que compartan o complementen

sus objetivos, reconociendo la rectoría de cada uno de ellos. Los criterios de focalización del Programa Nacional Cuna Más son aprobados por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. El Programa Nacional Cuna Más se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2022; dentro de dicho plazo, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social propone, de ser el caso, su formulación como política pública a través de su institucionalización, sujeta a resultados de una segunda medición de impacto." Artículo 2.- Financiamiento Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, son financiados con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FIORELLA GIANNINA MOLINELLI ARISTONDO Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1589456-2

Designan Jefe de la Unidad Territorial Iquitos del FONCODES
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 204-2017-FONCODES/DE Lima, 20 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, disponiendo en su Tercera Disposición Complementaria Final, la adscripción del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES a dicho Sector; Que, mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional; Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 186-2017-FONCODES/DE, se encargó al señor GERMAN ZEVALLOS MURRIETA las funciones de Jefe de la Unidad Territorial Iquitos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura del citado servidor, y designar a la persona que ocupe dicho cargo; Con el visado de la Unidad de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con la Ley N° 29792 - Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y al Manual de Operaciones del FONCODES aprobado mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, la encargatura de funciones de Jefe de la Unidad Territorial Iquitos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES del señor GERMÁN ZEVALLOS MURRIETA. Artículo 2º.- Designar al señor RONALD PANDURO CURITIMA en el cargo público de confianza de Jefe de la Unidad Territorial Iquitos del Fondo de Cooperación para

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