Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2017 (26/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 26 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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sus atribuciones constitucionales en la investigación del delito y el ejercicio de la acción penal; Estando a lo propuesto y contando con los vistos de la Oficina Central de Planificación y Presupuesto, Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, artículo 34º del Decreto Supremo Nº 043-2006PCM y el numeral 4.2 del acápite 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad- CPE" aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, y modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE. SE RESUELVE: Artículo Primero.- CREAR la OFICINA DE ANÁLISIS ESTRATÉGICO CONTRA LA CRIMINALIDAD, como órgano de asesoramiento de la Fiscalía de la Nación. Artículo Segundo.- INCORPORAR en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público (ROF), aprobado mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2009 y sus modificatorias, en el Sub Título V, Órganos de Asesoramiento, las funciones de la Oficina de Análisis Estratégico contra la Criminalidad, las que quedarán redactadas de la siguiente manera: CAPÍTULO IV OFICINA DE ANÁLISIS ESTRATÉGICO CONTRA LA CRIMINALIDAD Artículo 19-A.- La Oficina de Análisis Estratégico contra la Criminalidad es el órgano de asesoramiento de la Fiscalía de la Nación encargado de diseñar, proponer y evaluar políticas dirigidas a la prevención y persecución de la criminalidad organizada, trata de personas, tráfico ilícito de drogas, corrupción de funcionarios, delitos ambientales, lavado de activos y delitos conexos, sustentadas en evidencia científica, a través de un trabajo multidisciplinario y articulado con las Fiscalías Penales Especializadas y diversas unidades orgánicas del Ministerio Público, entidades del sistema de administración de justicia penal, así como con otros Ministerios Públicos y organismos internacionales, que contribuyan a mejorar la efectividad en el cumplimiento de sus atribuciones constitucionales en la investigación del delito y el ejercicio de la acción penal. Artículo 19-B.- Son funciones de la Oficina de Análisis Estratégico contra la Criminalidad, las siguientes: a. Proponer directrices criminológicas eficaces, eficientes y oportunas para la prevención, investigación y persecución de la criminalidad organizada y delitos conexos. b. Formular indicadores clave para el análisis, gestión y evaluación de las políticas institucionales contra la criminalidad organizada. c. Desarrollar un análisis estratégico, predictivo y prospectivo de la criminalidad organizada y delitos conexos. d. Estudiar el fenómeno del crimen organizado en el Perú y elaborar el diagnóstico sobre los factores que inciden en su evolución e impacto. e. Gestionar información estratégica proveniente de las coordinaciones de las Fiscalías Penales Especializadas y diversas unidades orgánicas del Ministerio Público (Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Observatorio de Criminalidad, Oficina de Racionalización y Estadística, Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a la Pena Privativa de la Libertad Efectiva, entre otras), respecto de la lucha contra la criminalidad organizada y delitos conexos. f. Emitir informes especializados, confiables, comparables y oportunos, de manera periódica, acerca de la situación de la criminalidad organizada en el Perú.

g. Emitir informes técnicos en los que se analice el avance y la eficacia de la política institucional contra la criminalidad organizada. h. Contribuir con las Fiscalías Penales Especializadas y diversas unidades orgánicas del Ministerio Público, en el proceso de planificación, coordinación, dirección u orientación de políticas institucionales dirigidas a abordar la criminalidad organizada y delitos conexos. i. Formular el proyecto del Plan Operativo Institucional y presupuesto anual de la unidad orgánica, de acuerdo a los dispositivos correspondientes y en coordinación con la Oficina Central de Planificación y Presupuesto. j. Proponer la suscripción de convenios nacionales e internacionales, en coordinación con la Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional, para promover el desarrollo de acciones que sirvan de apoyo a la labor del Ministerio Público, en la lucha contra la criminalidad organizada y delitos conexos. k. Formular instrumentos de trabajo conjunto con otras entidades afines o Ministerios Públicos de la región de América Latina u otros. l. Coordinar la estandarización de la estadística sobre la violencia y criminalidad de las instituciones públicas. m. Las demás que le asigne el Fiscal de la Nación, de acuerdo a su ámbito funcional y las que le correspondan según los dispositivos legales vigentes. Artículo Tercero.- CREAR e incorporar en el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio Público (CAP), aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4035-2013-MP-FN, los siguientes cargos para la Oficina de Análisis Estratégico contra la Criminalidad, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
Oficina de Análisis Estratégico contra la Criminalidad Administrador Analista Total N° 1 9 10

Artículo Cuarto.- La previsión de los cargos en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) creados en el artículo precedente, se supeditará a la respectiva disponibilidad presupuestaria. Artículo Quinto.- DISPONER que la Oficina Central de Tecnologías de la Información proceda a la publicación de la presente Resolución, en la página web de la Institución. Artículo Sexto.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio del Interior, Policía Nacional del Perú, Embajada de los Estados Unidos, Embajada Británica, Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina Central de Planificación y Presupuesto, Oficina Central de Tecnologías de la Información y a la Oficina de Asesoría Jurídica, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1590654-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan viaje de funcionarios de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 4522-2017 Lima, 22 de noviembre de 2017

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