Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2017 (28/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Martes 28 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 6.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1591254-1

Autorizan transferencias financieras a favor de entidades públicas vinculadas a los Sectores Salud, Producción, Agricultura, Ambiente, Defensa y Educación, destinadas a cofinanciar la ejecución de diversos proyectos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 577-2017-PRODUCE 24 de noviembre de 2017 VISTOS: el Oficio N° 469-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE, del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando N° 1478-2017-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 644-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017; Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2012-EF se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, hasta por la suma de US$ 35 000 000,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, con Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad en el ámbito del Ministerio de la Producción, con el objetivo general de impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; asimismo, el artículo 5 de la norma citada, dispone la fusión por absorción de la Unidad Ejecutora 012 (Unidad Coordinadora del Programa Ciencia y Tecnología) de la Presidencia del Consejo de Ministros con el mencionado Programa, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida; Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente, dispone que el "Proyecto Innovación para la Competitividad" se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP N° 159771 y Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE y que el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción; Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza durante el Año

Fiscal 2017, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción y se publican en el Diario Oficial El Peruano, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, requiriéndose el informe favorable previo de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces; Que, la citada Disposición Complementaria Final señala que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los que, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento, según corresponda; y que mediante resolución de su titular, deberán establecerse los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte del sector sobre los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo señalado anteriormente; Que, a través del Oficio N° 469-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad remite a la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 098-2017-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ/UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, sustentando la necesidad de autorizar las transferencias financieras a favor de seis (06) entidades públicas, hasta por la suma de S/ 3 973 281,73 (TRES MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 73/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 951 110,81 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO DIEZ Y 81/100 SOLES) y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por la suma de S/ 3 022 170,92 (TRES MILLONES VEINTIDOS MIL CIENTO SETENTA Y 92/100 SOLES) destinadas a cofinanciar la ejecución de los instrumentos: i) 22 "Proyectos de Investigación Aplicada" - IA; (ii) 11 "Proyectos de Investigación Básica" ­ IB; (iii) 04 "Proyectos Popularización de la Ciencia, Tecnología e Innovación y Emprendimiento" ­ PCTI; (iv) 01 "Proyecto de Iniciativas Favorables a la Vinculación entre la Oferta y la Demanda de Servicios Tecnológicos" ­ IFVIN; (v) 05 "Proyectos de Apoyo de Extensionismo Tecnológico" ­ ET; (vi) 02 Proyectos de investigación vinculados a las "Becas de Repatriación de Investigadores" ­ BRI; y, (vii) 07 "Proyectos de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico en Problemas de Interés Público" ­ IAPIP, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OCPE y lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; precisando que se cuenta con los recursos necesarios para otorgar las mencionadas transferencias financieras a favor de las referidas Entidades Públicas y que éstas se encuentran respaldadas por convenios y contratos debidamente suscritos; Que, por Memorando N° 1478-2017-PRODUCE/ OGPPM, la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 644-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias financieras a favor de seis (06) entidades públicas vinculadas a los Sectores Salud, Producción, Agricultura, Ambiente, Defensa y Educación, hasta por la suma de S/ 3 973 281,73 (TRES MILLONES NOVECIENTOS

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