Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2017 (28/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Martes 28 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 73/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 951 110,81 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO DIEZ Y 81/100 SOLES) y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por la suma de S/ 3 022 170,92 (TRES MILLONES VEINTIDOS MIL CIENTO SETENTA Y 92/100 SOLES), con cargo al Presupuesto Institucional 2017 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, destinadas a cofinanciar la ejecución de los instrumentos detallados en el considerando anterior, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE y de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias financieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de las entidades públicas vinculadas a los Sectores Salud, Producción, Agricultura, Ambiente, Defensa y Educación señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 3 973 281,73 (TRES MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 73/100 SOLES), correspondiendo la suma de S/ 951 110,81 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO DIEZ Y 81/100 SOLES) a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y la suma de S/ 3 022 170,92 (TRES MILLONES VEINTIDOS MIL CIENTO SETENTA Y 92/100 SOLES) a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinadas a cofinanciar la ejecución de los proyectos señalados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE, y lo dispuesto en la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias financieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento

de los fines y metas para lo cual se realiza el otorgamiento de las referidas transferencias financieras, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o quien haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción; así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 7.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1591254-2

Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, en el marco del FIDECOM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 578-2017-PRODUCE 24 de noviembre de 2017 VISTOS; el Oficio N° 467-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERU.CE, del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando N° 1473-2017-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 640-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017; Que, el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 28939, Ley que aprueba Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1025, dispone la creación, entre otros, del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad, cuya finalidad es promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial que sean de utilización práctica para el incremento de la competitividad; Que, la Ley N° 29152, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM, señala que está dirigido a las empresas y a las asociaciones civiles de carácter productivo legalmente constituidas en el país; y que los recursos del mismo son asignados al desarrollo de proyectos que fortalezcan la

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