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13 NORMAS LEGALES Martes 28 de noviembre de 2017 El Peruano / SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 73/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 951 110,81 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO DIEZ Y 81/100 SOLES) y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito por la suma de S/ 3 022 170,92 (TRES MILLONES VEINTIDOS MIL CIENTO SETENTA Y 92/100 SOLES), con cargo al Presupuesto Institucional 2017 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, destinadas a co fi nanciar la ejecución de los instrumentos detallados en el considerando anterior, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE y de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; y su Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias fi nancieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de las entidades públicas vinculadas a los Sectores Salud, Producción, Agricultura, Ambiente, Defensa y Educación señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 3 973 281,73 (TRES MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 73/100 SOLES), correspondiendo la suma de S/ 951 110,81 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO DIEZ Y 81/100 SOLES) a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y la suma de S/ 3 022 170,92 (TRES MILLONES VEINTIDOS MIL CIENTO SETENTA Y 92/100 SOLES) a la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, destinadas a cofi nanciar la ejecución de los proyectos señalados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE, y lo dispuesto en la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias fi nancieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, en las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las transferencias fi nancieras autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual se realiza el otorgamiento de las referidas transferencias fi nancieras, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 5.- Acciones Administrativas La O fi cina General de Administración o quien haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción; así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 7.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1591254-2 Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, en el marco del FIDECOM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 578-2017-PRODUCE 24 de noviembre de 2017VISTOS; el O fi cio N° 467-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERU.CE, del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando N° 1473-2017-PRODUCE/OGPPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 640-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, de la O fi cina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016- PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017; Que, el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 28939, Ley que aprueba Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, modi fi cado por la Primera Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Legislativo N° 1025, dispone la creación, entre otros, del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad, cuya fi nalidad es promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial que sean de utilización práctica para el incremento de la competitividad; Que, la Ley N° 29152, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, señala que está dirigido a las empresas y a las asociaciones civiles de carácter productivo legalmente constituidas en el país; y que los recursos del mismo son asignados al desarrollo de proyectos que fortalezcan la