Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2017 (28/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Martes 28 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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447,872.98 (Cuatro Millones Cuatrocientos Cuarenta y Siete Mil Ochocientos Setenta y Dos y 98/100 Soles), para la ejecución de siete (07) acciones de asistencia técnica para fortalecimiento de capacidades a fin de mejorar la gestión operativa y comercial de la empresa prestadora; Que, conforme se establece en el numeral 220.2 del artículo 220 del Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, los recursos públicos transferidos a la Empresa Prestadora, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia; caso contrario los funcionarios de la Empresa Prestadora serán susceptibles de las responsabilidades administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar por el uso indebido de los recursos públicos; Que, con Informe Nº 295-2017-OTASS/OAJ de fecha 07 de noviembre de 2017, la Oficina de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable respecto de la transferencia financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Selva Central Sociedad Anónima ­ EPSSC S.A.; Que, con los respectivos vistos de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección de Monitoreo y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto Ley N° 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año 2017 complementada por la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el año fiscal 2017, Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Selva Central Sociedad Anónima ­ EPSSC S.A; Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, hasta por la suma de S/ 4, 447,872.98 (Cuatro Millones Cuatrocientos Cuarenta y Siete Mil Ochocientos Setenta y Dos y 98/100 Soles), con cargo a los recursos asignados en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Selva Central Sociedad Anónima ­ EPSSC S.A., para la ejecución de siete (07) acciones de asistencia técnica para el fortalecimiento de capacidades a fin de mejorar la gestión operativa y comercial de la empresa prestadora, que se sustentan en las correspondientes fichas técnicas que se detallan en el anexo de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año Fiscal 2017 del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos, Producto 3.999999: Sin producto, Actividad 5.001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución deberán ser destinados exclusivamente, bajo responsabilidad a los fines para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento Encargar a la Dirección de Monitoreo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento o al Órgano que haga sus veces supervisar la correcta ejecución de los recursos transferidos y

verificar el cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal institucional del OTASS (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Director Ejecutivo ANEXO ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO SELVA CENTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA ­ EPS SELVA CENTRAL S.A.
PROCESO DESCRIPCIÓN RENOVACIÓN Y REUBICACIÓN DE LAS LÍNEAS DE ADUCCIÓN DEL RESERVORIO R1 AL RESERVORIO R2 DE LA LOCALIDAD DE LA MERCEDCHANCHAMAYO MEJORAMIENTO DE LAS REDES DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE A TRAVÉS DE LA SECTORIZACIÓN EN EL CERCADO, PAMPA DEL CARMEN Y SAN CARLOS DE LA CIUDAD DE LA MERCED ­ CHANCHAMAYO RENOVACIÓN DE LA LÍNEA DE CONDUCCIÓN Y OPTIMIZACIÓN DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE ­ PICHANAKI REUBICACIÓN DEL EMISOR DE ALCANTARILLADO EN EL SECTOR SAN CARLOS EN LA LOCALIDAD DE LA MERCED ­ CHANCHAMAYO REPOSICIÓN DE LA RED DE ALCANTARILLADO EN LAS CALLES: ORQUÍDEAS - CASABONA DISTRITO DE SAN RAMÓN. OPTIMIZACIÓN DE LA GESTIÓN COMERCIAL DE LA EPS SELVA CENTRAL S.A., MEDIANTE LA AMPLIACIÓN DE 1809 MEDIDORES A USUARIOS ASIGNADOS, REPOSICIÓN DE 1605 MEDIDORES POR ANTIGÜEDAD E INSTALACIÓN GESTION DE 17 MACROMEDIDORES EN LAS COMERCIAL LOCALIDADES DE LA MERCED, SAN RAMÓN, PICHANAKI, OXAPAMPA, VILLA RICA Y SATIPO. REPOSICIÓN DEL BANCO DE MEDIDORES DE LA EPS SELVA CENTRAL S.A. TOTAL CÓDIGO DE FICHA MONTO (S/)

F-GO-01

655 689,91

F-GO-02

251 275,70

GESTION
OPERACIONAL

F-GO-03

1 064 515,60

F-GO-04

155 014,37

F-GO-05

212 546,66

F-GC-01

1 903 311,59

F-GC-02

205 519,15 4 447 872,98

1591252-3 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 072-2017-OTASS/DE Lima, 24 de noviembre de 2017 VISTOS El Informe Técnico N° 005-2017-OTASS/DM-félix. marmanillo ratificado por la Dirección de Monitoreo mediante Memorándum N° 130-2017-OTASS/DM, el Informe N°114-2017-OTASS-OPP de fecha 27 de octubre de 2017 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 292-2017-OTASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante Ley Marco, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda,

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