Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2017 (04/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Miércoles 4 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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normas que regulen el funcionamiento interno de la entidad; así como otras que desarrolle su Reglamento de Organización y Funciones; Que, de conformidad con el literal b) y e) del artículo 8 de la Ley N° 30220, el Consejo Directivo de la Sunedu cuenta con la atribución de aprobar las políticas institucionales, así como de proponer y aprobar documentos de gestión institucional, en cuanto corresponda; Que, en el marco de las facultades arriba mencionadas, mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 034-2017-SUNEDU/CD, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó los Criterios para supervisar el límite de edad para el ejercicio de la docencia universitaria y cargos administrativos ocupados por docentes al interior de la universidad pública; Que, de conformidad con los literales b) y h) del artículo 44 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, la Dirección de Supervisión es responsable de supervisar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley N° 30220 y su normativa conexa, así como de planificar y ejecutar acciones de supervisión del servicio educativo superior universitario; Que, respecto a los criterios para efectuar la supervisión del límite de edad para el ejercicio de la docencia universitaria en universidades públicas, es necesario precisar que estos son de carácter interno y que se encuentran sujetos a que la universidad cuente con la disponibilidad presupuestaria correspondiente; Que, estando a lo acordado por el Consejo Directivo en sesión extraordinaria SCD 037-2017 y contando con el visado de la Dirección de Supervisión y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30220 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu;

Artículo 1°.- Incorporación del segundo y tercer párrafo del artículo 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 034-2017-SUNEDU/CD Incorpórase el segundo y tercer párrafo del artículo 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 034-2017-SUNEDU/CD, que aprobó los Criterios para supervisar el límite de edad para el ejercicio de la docencia universitaria y cargos administrativos ocupados por docentes al interior de la universidad pública, en los términos siguientes: "Artículo 1º.- Aprobar los Criterios para supervisar el límite de edad para el ejercicio de la docencia universitaria y cargos administrativos ocupados por docentes al interior de la universidad pública. Los criterios aprobados mediante la presente resolución constituyen un documento de gestión interna para el ejercicio de la función supervisora a cargo de la Sunedu, de conformidad con el Plan Anual de Supervisión que a dichos efectos se apruebe. La aplicación de los criterios por parte de la Sunedu, queda sujeta a que las universidades públicas cuenten, previamente, con la disponibilidad presupuestaria correspondiente". Artículo 2°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASÍAS QUIROGA Presidenta del Consejo Directivo de la SUNEDU 1572532-1

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