Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2017 (04/10/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

30

NORMAS LEGALES

Miércoles 4 de octubre de 2017 /

El Peruano

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 085-2012PCM, se aprueba el Plan de Acción del Perú para su Incorporación a la Sociedad de Gobierno Abierto, que contiene compromisos en materia de transparencia y acceso a la información pública, integridad pública, participación ciudadana y gobierno electrónico y mejoras en los servicios públicos; Que, los literales a) y d) del numeral 8 del Plan Nacional de Gobierno Electrónico 2013 ­ 2017, establecen como objetivos estratégicos lograr el desarrollo y la prestación de mejores servicios de tecnologías de información y comunicación (TIC) para la sociedad, a través de la interoperabilidad entre las entidades del Estado, el sector privado y la sociedad civil; y fomentar la inclusión digital de todos los ciudadanos, especialmente a los sectores vulnerables, a través de la generación de capacidades y promoción de la innovación tecnológica, respetando la diversidad cultural y el medio ambiente, respectivamente; Que, el subnumeral 2.3 del numeral 2 de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, aprobada por Decreto Supremo Nº 004-2013PCM, establece entre otros objetivos específicos de la Política promover el gobierno electrónico a través del uso intensivo de las TIC como soporte a los procesos de planificación, producción y gestión de las entidades públicas, permitiendo a su vez consolidar propuestas de gobierno abierto; Que, el literal e) del subnumeral 2.4. de la Política Nacional antes citada, referido a los principios orientadores de la política de modernización, dispone que para alcanzar los resultados que la ciudadanía espera, se requiere que las entidades públicas avancen en un proceso constante de revisión y renovación de los procesos y procedimientos mediante los cuales implementan sus acciones; implementando nuevas propuestas de servicios o procedimientos que innoven su gestión para responder mejor a las expectativas de los ciudadanos y empresas, que incorporen el aprovechamiento intensivo de tecnologías apropiadas, no sólo a nivel de dependencias prestadoras de servicios, sino también de aquéllas responsables de sistemas administrativos, de manera que dichas tecnologías contribuyan al cambio y mejora de la gestión pública; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1246, Decreto Legislativo que Aprueba Diversas Medidas de Simplificación Administrativa, dispone que las entidades de la Administración Pública de manera gratuita, a través de la interoperabilidad, interconecten, pongan a disposición, permitan el acceso o suministren la información o bases de datos actualizadas que administren, recaben, sistematicen, creen o posean respecto de los usuarios o administrados, que las demás entidades requieran necesariamente y de acuerdo a ley, para la tramitación de sus procedimientos administrativos y para sus actos de administración interna; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, autoriza el uso de tecnologías de la digitalización, información y comunicación para la sustitución de documentos físicos y firmas ológrafas en la emisión, remisión y conservación de documentos en materia laboral; Que, el Decreto Supremo Nº 016-2017-PCM, aprueba la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú 2017 - 2021" y el "Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú", los cuales tienen como finalidad promover la apertura de datos de la información de las entidades públicas, la innovación en la generación de valor público con la reutilización de los datos abiertos para la creación de nuevos productos y servicios con el uso de las TIC, para el desarrollo social y económico, en el marco de un gobierno abierto; asimismo, busca promover alianzas público - privadas a través de la apertura y reutilización de los datos abiertos, para mejorar los servicios a la ciudadanía; Que, el numeral 1 del artículo 36 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que las Comisiones Sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fines específicos para cumplir funciones de fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, señalando que se crean formalmente por resolución

ministerial del titular a cuyo ámbito de competencia corresponden; Que, con Memorándum Nº 1203-2017-MTC/10.06, el Director de la Oficina de Tecnología de Información de la Oficina General de Administración remite el Informe Nº 025-2017-MTC/10.06.LRBS por el cual se propone el proyecto de Resolución Ministerial que crea en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones la Comisión Sectorial - MTC Digital, encargada de liderar e impulsar las estrategias de modernización, innovación y transformación digital de los servicios y trámites que brinda el Sector Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y objeto de la Comisión Sectorial - MTC Digital. Créase en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones la Comisión Sectorial ­ MTC Digital, encargada de liderar e impulsar las estrategias de modernización, innovación y transformación digital de los servicios y trámites que brinda el Sector Transportes y Comunicaciones al ciudadano. Artículo 2.- Conformación La Comisión Sectorial - MTC Digital está integrada por los siguientes miembros: - Un/Una representante del/de la Ministro/a de Transportes y Comunicaciones, quien lo preside. - El /la Viceministro/a de Transportes. - El/la Viceministro/a de Comunicaciones. - El /la Secretario/a General. - El/ la Gerente General de la Autoridad Portuaria Nacional - APN. - El/ la Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN. - El/ la Gerente General de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial - CORPAC S.A. - El/ la Gerente General de la Empresa Nacional de Puertos ­ ENAPU S.A. - El/ la Gerente General de Servicios Postales del Perú S.A. - SERPOST S.A. - El/la Director/a de la Oficina de Tecnología de Información, quien actúa como Secretaría Técnica. Los miembros de la Comisión - MTC Digital ejercen sus funciones ad honorem. Artículo 3.- Funciones La Comisión Sectorial - MTC Digital tiene las siguientes funciones: a) Proponer lineamientos, estrategias y mecanismos de modernización, innovación y transformación digital de los servicios y trámites que brinda el Sector Transportes y Comunicaciones al ciudadano, mediante la implementación u optimización de sus procesos, procedimientos y servicios digitales b) Priorizar y proponer el portafolio de proyectos de innovación, digitalización y automatización de los servicios y trámites que brinda el Sector Transportes y Comunicaciones, en el marco de la Agenda Digital Peruana y normativa vigente. c) Realizar el seguimiento a la ejecución de los proyectos priorizados y coordinar las acciones técnicas que faciliten la implementación por los órganos y proyectos especiales del Ministerio, así como sus organismos públicos y empresas adscritas. Artículo 4.- Conformar el Equipo de Trabajo ­ MTC Digital, encargado de brindar soporte técnico a la Comisión Sectorial ­ MTC Digital, el cual estará conformado de la siguiente manera:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.